Configuran acoso sexual callejero «los actos, comentarios, miradas e insinuaciones de naturaleza sexual, de tipo verbal o gestual; roces corporales, tactos indebidos, masturbación, exhibicionismo; fotografías o grabaciones no consentidas; y persecución o seguimiento» que sucedan en espacios públicos, decretó la Junta Departamental de Montevideo (JDM).
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En el comunicado del organismo se plantean datos de la encuesta Habitar Urbano en Montevideo y Área Metropolitana (de la Facultad de Ciencias Sociales): 84,5% de las mujeres que tienen entre 18 y 44 años vivieron acoso sexual en los espacios públicos.
El enfoque del decreto no es punitivista. No establece sanciones o multas, sino que busca abordar la problemática de forma integral.
Las obligaciones del Gobierno Departamental que establece este decreto son: sensibilizar a la ciudadanía y a su funcionariado, realizar un plan de acción para la prevención y atención, incorporar vías para la denuncia, exhortar a las empresas contratantes de la IM en vía pública a que sensibilicen e informen a su personal sobre la problemática y la normativa; generar un plan de capacitación y difusión de información sobre el tema y las vías de denuncia existentes, tanto para el personal del transporte como para el que trabaja en boliches, locales bailables y pubs, reconocidos como espacios privados de acceso público.