El Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de 1º Turno confirmó el fallo de primera instancia y dispuso la absolución del ex comandante en Jefe del Ejército, general (r) Raúl Mermot, imputado por “apología del delito”. La Sala, con el voto conforme de todos sus integrantes (Sergio Torres, Pedro Salazar y Alberto Reyes), consideró que con sus expresiones Mermot no hizo una exaltación ni vanaglorió los actos de tortura perpetrados durante la dictadura. El pasado 14 de abril, Mermot reconoció que durante la dictadura “hubo excesos” de parte de las Fuerzas Armadas, pero dijo que no puede hablarse de tortura. “Me consta en lo personal que nunca estuve en una sesión de tortura, pero no confundir tortura con apremio físico. Se puede dejar a una persona detenida un tiempo prudencial hasta que se canse y pueda hablar, pero eso es apremio, torturas no hay”, expresó Mermot ese día. Ante esto, el diputado Luis Puig y el dirigente Sandro Soba, ambos del PVP, presentaron una denuncia penal en su contra por presunta apología del delito. El proceso penal se tramitó al amparo de la Ley 16.099 (Ley de Prensa). Tras analizar los hechos, el fiscal Pablo Rivas consideró que con sus dichos Mermot incurrió en un ilícito y solicitó su condena. Rivas afirmó que con sus palabras, el militar justificó las torturas contra presos políticos durante la dictadura. Sin embargo, la jueza Penal de 9º Turno, Blanca Rieiro, desestimó el pedido de la Fiscalía. Rieiro consideró que las declaraciones de Mermot pueden considerarse como “infelices o innecesarias”, pero no revisten la calidad para ser imputadas como delito, ya que de las mismas no se desprende en forma fehaciente que haya realizado una apología de las torturas cometidas durante la dictadura. El fiscal Rivas apeló y el caso pasó a estudio de un Tribunal de Apelaciones. Finalmente, la Sala confirmó el fallo con argumentos similares: con sus dichos, Mermot no exaltó los crímenes cometidos durante la dictadura. En este marco, el abogado Fernando Posada -representante de Mermot, en sociedad con Andrés Ojeda- dijo estar conforme con el fallo, ya que demuestra que las expresiones de su cliente no eran delito. “Desde un análisis exclusivamente técnico la conducta de Mermot no encajaba dentro del delito que se le quería imputar. Después diremos si estamos de acuerdo o no con lo que dijo, si es una afirmación correcta desde el punto de vista jurídico, pero lo que es claro es que esa afirmación no hace en ningún momento una incitación a cometer delito”, expresó Posada, en rueda de prensa. Por su parte, el fiscal Rivas dijo que el fallo del TAP no era lo esperado, pero “son las reglas de juego”. “La Justicia habló”, afirmó. El representante del Ministerio Público dijo estar convencido que -cómo argumento en la acusación y en la apelación- Mermot incurrió en apología de la tortura, pero dijo analizará el fallo del TAP para evaluar la posibilidad o no de presentar un recurso de casación contra la misma. En tanto, el abogado denunciante Pablo Chargoñía dijo que una de las posibilidades del juicio era la absolución de Mermot por entender que con sus palabras no había efectuado un elogio de los actos tortura. “No estamos de acuerdo”, dijo Chargoñía. El abogado comparó los dichos de Mermot con la justificación esgrimida por las autoridades de Estados Unidos referidas a interrogatorios no ortodoxos, que implican una justificación de la tortura. “Es un tema de interpretación. El TAP dice que esas expresiones no son un elogio concreto”, expresó Chargoñía. Sin embargo, el abogado destacó que, pese a disponer el sobreseimiento de Mermot, el TAP de 1º Turno “claramente dice que apremios físicos y tortura es lo mismo”. “Por lo tanto, está claro que -y ojalá no ocurra- si hubiera un discurso elogioso de la tortura, ya sea llamándose tortura, apremio física o interrogatorio poco ortodoxo, es un comportamiento que debe ser rechazado socialmente y eventualmente sujeto a responsabilidad”, expresó Chargoñía.
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