Otorgada tradicionalmente durante Navidad, la medida indica que se perdona a ‘los agentes públicos que componen el sistema nacional de seguridad (…) que hayan sido condenados por un delito en la hipótesis de exceso doloso’ o imprudencia.
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El escrito precisa que ‘policías federales, policías civiles, policías militares y bomberos, entre otros, que en el ejercicio de su función o como consecuencia de ella, hayan cometido crímenes culposos o sin intención, serán contemplados en el decreto’.
La disposición beneficia también a los presos con problemas graves de salud, y en especial a enfermos de VIH/Sida y cáncer.
De igual manera a penados que sufran paraplejia, tetraplejia o ceguera y que las desarrollaron tras cometer los delitos.
El beneficio no contempla casos individualizados y para recibirlo los abogados de cada uno de los posibles favorecidos deberán acudir a los tribunales.
Tal indulto se suele conceder todos los años alrededor de la Navidad. Si se concede, la sentencia del prisionero se extingue y puede salir de la cárcel.
En virtud de la Constitución, el perdón puede otorgarse a brasileños y extranjeros que no hayan cometido delitos con amenazas o violencia graves.
Los condenados por crímenes brutales no pueden ser sometidos a la clemencia presidencial.