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Camino al referéndum: julio terminó con 69.000 firmas aceptadas

Por diferentes motivos la Corte Electoral rechazó 6.155 firmas.

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La Corte Electoral continúa con su trabaja para validar las 672.000 firmas que se necesitan para el referéndum contra los 135 artículos más regresivos de la ley de urgente consideración. (LUC).

De acuerdo a las cifras publicadas por la Corte Electoral en su sitio web, hasta ayer viernes 30 de julio a la hora 18.16, se llevan 68.955 firmas aceptadas, mientras que la cantidad de rechazadas alcanza a 6.155.

Con estos números es que se cierra el trabajo correspondiente a julio. De las rechazadas, unas 2.483 son por impresión deficiente, 1.393 porque la impresión no coincide, 63 fueron canceladas, 548 excluidas, 11 menores y 120 inhabilitados.

Por múltiple, se rechazaron 319, mientras que por datos incompletos (Grupo 2), hay 1.218. En Proceso, hasta ahora hay 12.287, de las cuales, por supervisión de supervisores hay 40, para cotejo en registro dactiloscópico unas 9.329 y para rastreo la cantidad de 2.918.

Cabe recordar que la Comisión Nacional Pro-Referéndum entregó el pasado jueves 8 de julio la cantidad de 797.261 firmas y huellas dactilares. El conteo comenzó el día lunes 12, mientras que una semana después, el lunes 19 se inició la etapa de verificación y aprobación de las papeletas presentadas.

La Corte Electoral tiene 150 días (hábiles) para informar qué cantidad da como aprobada. Para que se alcance la instancia de referéndum, se debe lograr el 25% del padrón habilitado en la actualidad, que oscila en 671.544 personas habilitadas para votar.

Entre los artículos que quieren derogarse en el capítulo de seguridad pública está el de «presunción de legitimidad de la actuación policial», que indica que «salvo prueba en contrario», se presume que la actuación policial en ejercicio de sus funciones «es acorde a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias». Según la Comisión Nacional Pro Referéndum, este artículo «es un agregado innecesario que amplifica un estado de falsa seguridad de las fuerzas policiales ya que esta presunción simple (que admite prueba en contrario) tiene un escasísimo valor jurídico, pero refuerza la idea de un supuesto respaldo a la actuación policial que puede derivar en excesos».

También busca derogarse el texto actual de «ocupación indebida de espacios públicos», que refiere a que personal departamental, municipal o policial podrá intimar a quien duerma en la vía pública a retirarse, y se establecen penas para quien no se vaya. La comisión entiende que con esta norma «se ven afectadas las libertades fundamentales de las personas» y que «la norma criminaliza a las personas en situación de calle».

También se busca derogar la nueva norma de «legítima defensa» porque se entiende que «se desdibuja el concepto» y «se restan garantías para tutelar el bien supremo que es la vida».

Por otro lado, en la sección de economía y empresas públicas, dentro del capítulo de libertad financiera, buscará derogarse un capítulo que modifica la legislación sobre el pago de remuneraciones. La comisión señala que la legislación anterior establecía el deber de pagar remuneraciones «a través de instituciones de intermediación financiera o medios de pagos electrónicos», pero actualmente la norma dice «podrá», por lo que «le otorga discrecionalidad al empleador en una situación ya de por sí asimétrica en la relación laboral». En este sentido, «habilita prácticas ilegales (pago en negro)» y «le quita transparencia».

Dentro de la sección llamada «otras disposiciones», buscará derogarse un artículo que declara ilegítimos los «piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios, en espacios públicos o privados de uso público». Desde la Comisión Nacional Pro Referéndum señalan que con esta normativa «no solo se está vulnerando el derecho de los ciudadanos a manifestarse libremente, sino también su derecho a hacerlo en su calidad de trabajadores».

 

 

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