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El nuevo modelo

CPP: Justicia dictó primeras condenas por “proceso abreviado”

Cinco personas fueron condenadas en las primeras horas de funcionamiento del nuevo Código del Proceso Penal (CPP), tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía.

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Sobre primeras horas del jueves 2, en la madrugada, tres funcionarios policiales que llegaron a la esquina de Avenida Garzón y Carve vieron a un hombre con medio cuerpo adentro de un auto Renault. Procedieron a detenerlo e informaron al fiscal de Flagrancia, Gustavo Zubía, quien ordenó las primeras medidas de instrucción del procedimiento y de recopilación de la evidencia. El fiscal comenzó a elaborar la carpeta de investigación y cuando tenía en su poder los elementos suficientes solicitó a la jueza Penal de 36º Turno, Marcela Vargas, la formalización del proceso. También se comunicó con la coordinadora de la Defensoría Pública, para informarle la situación y que accediera a la carpeta de investigación; previo a la audiencia, el defensor asignado constató la evidencia recopilada durante la investigación preliminar. El fiscal solicitó prueba anticipada (el reconocimiento de la personas por parte de los policías), pero finalmente se desistió de la misma. Tras una intensa negociación, la Fiscalía y la defensa lograron un acuerdo para implementar el proceso abreviado. La jueza le preguntó al imputado si había sido informado del alcance de tramitar el proceso abreviado y este dijo consentirlo de modo libre y voluntario. En este contexto, la jueza analizó el acuerdo y estableció su legalidad. La magistrada fijó la pena acordada por las partes 6 meses de prisión efectiva, como autor de un delito de hurto especialmente agravado, en grado de tentativa. El imputado “dio comienzo de ejecución a la actividad típica de la figura, en tanto pretendió apoderarse de cosa ajena mueble no alcanzando su propósito por razones ajenas a su voluntad, como lo significó ser aprehendido en el lugar del hecho por los funcionarios policiales actuantes”, estableció la jueza Vargas en su fallo. Este fue uno de los cuatro expedientes tramitados bajo el proceso abreviado durante las primeras 48 horas del nuevo CPP. El proceso abreviado (artículo 272 del CPP) es un mecanismo de acuerdo entre fiscal e imputado como resultado de una negociación entre las partes: el imputado acepta los hechos que se le imputan y los antecedentes de la investigación efectuada por la Fiscalía y esta se compromete a solicitar una reducción de la pena “hasta en una tercera parte de aquella aplicable al caso concreto”. De esta forma se evita el juicio oral. Otro de los casos resueltos por esta vía derivó en la condena de dos hombres por el hurto de un vehículo. Los indagados fueron detenidos en horas de la madrugada, mientras circulaban con luces apagadas y fueron interceptados por la Policía. Los efectivos detectaron que en lugar de la llave de encendido observaron una tijera metálica; los dos ocupantes carecían de documentación. El caso también fue formalizado por el fiscal Zubía; la jueza Penal de 35º Turno, María Rosa Aguirre, avaló el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa. Los dos hombres fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito de hurto especialmente agravado. La pena fue de 14 meses de prisión efectiva. El tercer acuerdo en Montevideo fue logrado por la fiscal de Flagrancia Stella Llorente. La representante del Ministerio Público acordó una pena de siete meses de prisión para un hombre por el robo de un celular (que fue recuperado). El delito imputado fue hurto especialmente agravado. Uno de estos acuerdos también se concretó en el interior: en Treinta y Tres un hombre fue condenado el mismo día en que cometió un hurto en aplicación del proceso abreviado. El fiscal Maximiliano Sosa y la defensora pública Judith Rodríguez alcanzaron el acuerdo en torno al delito y la sanción, lo que fue aceptado por el imputado. El juez Letrado de Treinta y Tres de 4º Turno, Gustavo Machado, avaló el mismo y condenó al hombre a 14 meses de prisión como autor de un delito de hurto especialmente agravado.

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