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Cuba: Diputados eligen este jueves al presidente y otros altos cargos

El presidente de la República que resulte electo deberá tener cumplidos los 35 años y no más de 60 en su primer período; hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía.

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Los diputados cubanos elegirán hoy al presidente de la República y otros altos cargos del Estado, con lo que se da cumplimiento a la letra de la Constitución aprobada en abril.
Será una sesión histórica de la Asamblea Nacional del Poder Popular(ANPP) que elegirá a su vez a su presidente, vicepresidente y secretario, quienes ocuparán iguales responsabilidades en el Consejo de Estado.
Los miembros de este órgano también seran elegidos hoy, al igual que el vicepresidente del país caribeño para el nuevo mandato presidencial.El Consejo de Estado representa a la ANPP entre uno y otro período de sesiones. Ejecuta los acuerdos del Parlamento y cumple con otras funciones que la Constitución y la ley le atribuyen.Para llegar hasta este momentos el Parlamento aprobó en julio la nueva Ley Electoral y también emitió el visto bueno de los diputados a la Comisión de Candidaturas Nacional.

Esta comisión está integrada por representantes de las más importantes y masivas organizaciones de la sociedad cubana.

La Comisión Nacional de Candidaturas desarrolló en septiembre un proceso de consulta con los diputados de la ANPP para recabar de manera personal y secreta sus propuestas sobre aquellos legisladores que, a su juicio, deberán integrar los proyectos de candidaturas.

El presidente de la República que resulte electo deberá tener cumplidos los 35 años y no más de 60 en su primer período; hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía.

Son requerimientos que cumple el presidente Miguel Díaz-Canel, quien para ser reelecto precisa de mayoría absoluta en el voto de los diputados. Su reelección le otorga un mandato de cinco años prorrogable por otro lustro consecutivo, luego de los cual no puede desempeñarlo nuevamente.

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