El gobierno sigue adelante con su intención de regularizar la actividad de los denominados conductores de aplicaciones, tazón por la que la Dirección General Impositiva (DGI) aprobó una resolución que define las condiciones para las plataformas y los choferes de las empresas Uber, Easy Go y Cabify.
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La resolución N.° 1810/2017 establece, entre otras condiciones, que, a partir del 1° de mayo, estas empresas están obligadas a brindar información periódica a la DGI relativa a los choferes y a los montos que operan; los choferes también deberán inscribirse como empresas.
Dichos sistemas de transporte, que utilizan aplicaciones de celular Uber, Cabify o Easy Go, tendrán entre otras obligaciones, la de brindar información en forma periódica a la Dirección General Impositiva (DGI) relativa a choferes y montos de las operaciones. Según la resolución de fecha 4 de abril, estas empresas deberán registrarse o nombrar un representante ante la administración tributaria. Las disposiciones previstas en dicha resolución regirán a partir del 1.º de mayo de 2017.
Por otra parte, la DGI puso a disposición de los choferes que deberán inscribirse como empresa un instructivo que ofrece varias opciones de tributación. La referida información deberá presentarse en el mes subsiguiente al que prestaron los servicios de transporte, de acuerdo con las fechas previstas en el calendario general de vencimientos.