La jueza Letrado de Soriano, Gabriela Tuberosa, dispuso una medida cautelar de prisión preventiva contra M.A.M.O., de 62 años, el hombre que asesinó a María Noel Bourdin (de 32 años), tras dispararle con un arma de fuego en las puertas de un pub de la ciudad de Dolores. El hombre se entregó media hora después del crimen en seccional policial. “Vengo a entregarme porque le dispare un tiro a una mujer a la salida del boliche”, le dijo al policía, y colocó el arma que utilizó arriba del mostrador, según se constata en el pedido de formalización de la Fiscalía de Soriano, publicado en el portal web de la Fiscalía. Tras ser informada del crimen y de la presencia del hombre en la seccional, la fiscal de Soriano Adriana Sampayo solicitó su detención inmediata (en atención del artículo 219, literal b, del CPP) e informó a la jueza. Tras recopilar la evidencia, solicitó una audiencia de formalización y reclamó la prisión preventiva de M.A.M.O. como autor de un delito de homicidio especialmente agravado (femicidio) y especialmente agravado por la premeditación. Para fundamentar su pedido, la fiscal Sampayo presentó la carpeta de investigación y el conjunto de evidencias que tenía en su poder. Entre ellas, un informe de la Policía Científica de Soriano que muestra restos de pólvora en las manos del indagado -que deberán analizarse-, así como un informe primario del arma de fuego incautada. Además, presentó un registro de mensajería e información del celular de la mujer, que podría estar vinculado al hecho -el celular del hombre fue incautado, pero antes de entregarse borró toda la información que había en él-. Pero en particular, la fiscal apuntó a la existencia de diversos testimonios que ubican a M.A.M.O. en la escena del crimen y reflejan lo que sucedió, entre ellos, una amiga de Bourdin que estaba con ella cuando fueron interceptadas por el hombre, así como el seguridad del pub, de cinco clientes del pub y de una persona que estaba frente al lugar donde ocurrió el hecho. También dijo contar con el testimonio de la madre de la víctima quien declaró sobre la existencia de la relación de pareja y la total dependencia económica de su hija respecto de M.A.M.O. y de la hermana de Bourdin, quien ratificó lo dicho por su madre. La fiscal también tiene el testimonio del policía ante el cual se entregó el homicida. En su requisitoria, la fiscal detalló los hechos. Afirmó que Bourdin estaba en el pub junto a una amiga y que en deteminado momento M.A.M.O., con quien Bourdin mantenía una relación de pareja hace un año, ingresó al local e intentó sacarla al exterior, tomándola del brazo. La mujer se resistió y el hombre se retiró del lugar. Tras este incidente, la mujer decidió retirarse del local; cuando estaba cerca de la puerta -junto a su amiga- e interceptada por el hombre, quien llevaba consigo el arma de fuego, la “manotea” y la saca a empujoneshacia el exterior del local. Esta situación fue presenciada por varias persona; incluso, un hombre le dijo: “Don, no la trate así”. “Una vez afuera del local, M.A.M.O. gira a la víctima, tomándola del cabello, colocándola frente a el y disparándole en la cara, disparo que ingresó por encima de la nariz, en región orbitaria derecha, disparo que resultó mortal, según resulta de la autopsia practicada por el médico forense”, detalló Sampayo. Luego de dispararle, quedando el cuerpo de Bourdin tendido en la vereda, M.A.M.O. se dirigió a la Seccional Policial N° 5 de esta ciudad, manifestando lo que había sucedido al funcionario policial, haciendo entrega del arma”, señala el dictamen fiscal. El arma era un revólver calibre 38, que M.A.M.O. llevaba consigo listo para disparar. En este contexto, la fiscal Sampayo consideró la existencia de elementos suficientes para confirmar el agravante de la premeditación. “Atento al escaso tiempo transcurrido entre la perpetración del hecho y su presentación en la seccional, esta fiscalía presume que M.A.M.O. borró toda la información de su celular con anterioridad a concurrir al pub, munido de un arma de fuego, en búsqueda de Bourdin”. “Por otra parte, de la investigación preliminar realizada por esta Fiscalía, surge claramente la existencia de una dependencia económica de la Sra. Bourdin respecto del indagado, razón por la cual la víctima mantenía el vínculo”. Dice la fiscal que esa dependencia era prácticamente en forma absoluta. Los familiares de Bourdin declararon no haber percibido situaciones de control ni celos por parte del indagado contra la víctima, pero la madre de la joven declaró que M.A.M.O. “no quería que ella concurriera a bailes, razón por la que ella lo hacía en forma oculta, organizando la salida al baile luego que M.A.M.O. se retiraba de su casa”. “Esta dependencia de tipo económico, casi absoluta, como resulta de las declaraciones de la amiga y madre de la víctima, y la violencia física que se describió más arriba, ocurrida cuando M.A.M.O. sacó a la víctima del baile a empujones; permiten a esta Fiscalía tener elementos de convicción suficientes de la configuración de la agravante muy especial regulada en el numeral 8 del artículo 312 del Código Penal: femicidio”. Esa dependencia económica, hace que en el presente caso se pueda determinar violencia patrimonial, lo que se suma a la violencia física ocurrida momentos antes del hecho, valoró Sampayo. En este contexto, la jueza Gabriela Tuberosa compartió el pedido de la Fiscalía y dictaminó 90 días de prisión preventiva para hombre, por lo que aguardará el inicio del juicio oral en prisión. Según el dictamen de la Fiscalía, en presencia de su abogado, el hombre no reconoció la autoría del crimen y se mantuvo en silencio; solo se limitó a brindar sus datos personales.
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