El día llegó. Tras más de dos años de indagatoria penal, el fiscal Luis Pacheco emitió su dictamen en relación a los presuntos ilícitos cometidos en Ancap entre 2010 y 2015. Y sacudió el escenario político. Pacheco solicitó el procesamiento sin prisión de cinco exdirectores del ente petrolero, entre ellos, el expresidente de Ancap y exvicepresidente de la República, Raúl Sendic. También fueron imputados cuatro gerentes y directores de Ancap. Las denuncias presentadas por los cuatro partidos de oposición, como resultado de la comisión investigadora, referían a una decena de asuntos. Pero tras el análisis del extenso expediente -que tiene diez piezas y más de 30.000 fojas-, el representante del Ministerio Público focalizó su imputación en seis temas, o al menos en una parte de ellos. En el caso de los exdirectores de Ancap, la imputación se centró en dos grandes asuntos: el contrato entre Ancap y Trafigura en el año 2010 para la refinación de petróleo de Petroecuador y el acuerdo entre Ancap y Exor International para la gestión de cancelación de la deuda de Ancap con Petróleos de Venezuela SA (Pdvsa) entre los años 2010 y 2014. En ambos casos, el fiscal alegó que la contratación de las empresas se realizó sin licitación ni un llamado a precios que garantizara un proceso abierto y competitivo. Por este motivo, consideró que se trató de un acto arbitrario y un perjuicio para la administración. Al exvicepresidente Sendic se le sumó un pedido de procesamiento por el uso irregular de las tarjetas corporativas del ente. En este marco, la jueza especializada en Crimen Organizado de 1er Turno, Beatriz Larrieu, dispuso la citación de todos los imputados para audiencia ratificatoria (artículo 126 del CPP 1980). Será una de las últimas oportunidades procesales que tendrán los imputados para ejercer su defensa ante las acusaciones en su contra -siempre y cuando ninguna de las defensas solicite el diligenciamiento de nuevas pruebas-, una instancia para la cual los defensores se están preparando con el objetivo de dinamitar el dictamen de la Fiscalía. Un dictamen fundado El lunes 19, poco después del mediodía, el fiscal Pacheco entregó uno de los dictámenes más esperados en Uruguay: el del caso Ancap. Poco a poco, su contenido comenzó a circular por los corrillos de Bartolomé Mitre y empezó a repicar en los celulares de abogados y periodistas. Las primeras informaciones eran escuetas. Pedido de procesamiento para Sendic y otros directores. Para todos los directores, para algunos, por varios delitos, por estafa, abuso innominado de funciones, peculado. La información fluía, sin datos certeros, hasta que finalmente, sobre las 14.30, ya se conocía la requisitoria de la Fiscalía. Pacheco solicitó el procesamiento de Sendic, del expresidente de Ancap José Coya, de los exdirectores Germán Riet, Juan Gómez (ambos del Frente Amplio) y Juan Justo Amaro (Partido Colorado), así como de cuatro gerentes y funcionarios del ente. El delito base era el “abuso innominado de funciones”. A esto se le sumó una imputación por “peculado” contra Sendic y una por “estafa” contra el exgerente general de Alcoholes del Uruguay (Alur). En todos los casos, el fiscal Pacheco solicitó que el procesamiento fuera sin prisión. Horas después, el representante del Ministerio Público explicó el motivo para adoptar esta decisión: el principio de aplicación de la norma procesal más favorable para el indagado: “Si bien esta causa se rige por el régimen viejo [CPP 1980], existe en Uruguay un nuevo Código del Proceso Penal que establece determinados requisitos para la imposición de la prisión preventiva […] No se configura ninguno de los requisitos que estipula el nuevo CPP para su imposición”. En este marco, Pacheco señaló que la imputación contra los exdirectores de Ancap refiere a los acuerdos comerciales con Trafigura y Exor. En tanto, el pedido de procesamiento de los cuatro funcionarios de Ancap refiere, según el caso, a la entrega de pagos adelantados a la empresa Pleno Verde para el transporte de cal hacia la planta de Cgtee en Candiota, el proceso para contratar una empresa remolcadora de las barcazas de Ancap y el pago de Alur a la empresa Abengoa-Teyma por la recepción anticipada de la planta de producción de bioetanol en Paysandú. (Ver infografía). Durante la conferencia, Pacheco afirmó que la investigación patrimonial de estas personas no permite inferir un beneficio económico: “Se levantó el secreto bancario de cada una de las personas indagadas y, tras el análisis patrimonial realizado por el equipo multidisciplinario que colaboró con la investigación, no se detectó un enriquecimiento patrimonial de ninguno de los indagados”. Por este motivo, se tipificó el delito de abuso innominado de funciones, descartándose otras figuras como fraude o cohecho. Pacheco reconoció que este delito “ha sido cuestionado doctrinariamente, pero es un delito que no está derogado, está vigente, y la Fiscalía tiene la obligación de aplicarlo”. Sin embargo, el fiscal aseguró que “la investigación continúa”, por lo que no se descartan nuevas derivaciones. La furia del imputado El dictamen de Pacheco generó buenas sensaciones entre dirigentes políticos de la oposición, que defendieron la oportunidad de las denuncias y su contenido. Por el otro lado, entre los imputados, la requisitoria fue recibida con “amargura” e “indignación”. El único imputado en pronunciarse fue el exdirector Juan Justo Amaro. Su primera reacción fue solicitar su pase a la Comisión de Ética y Conducta Política del Partido Colorado para que se analice su situación y presentar sus descargos. Amaro dijo ser víctima de una injusticia e inició una campaña “en defensa de su honor” a través de las redes sociales y en varias entrevistas-, en la que fustigó la decisión de la Fiscalía. En particular, Amaro se centró en tres puntos: que el proceso de pérdidas de Ancap se inició durante la gestión del hoy intendente de Montevideo, Daniel Martínez, y que este no fue citado a declarar; que las decisiones del Directorio de Ancap tenían el respaldo de informes de la División Jurídica del ente; y que en el tema Trafigura -eje de la imputación en su contra- adoptó las mismas posturas que el exdirector Carlos Camy (Partido Nacional), cuya actuación fue exonerada por la Fiscalía. “Entré a Ancap el mismo día que Camy. Votamos lo mismo, y de julio [de 2010] a febrero [de 2011], Camy no expresó nada al respecto de este tema. En noviembre [de 2011], con el voto de todos los directores, rescindimos el contrato [con Trafigura]. Está bien que no pidiera el procesamiento de Camy. Lo que está mal es que pidiera el mío cuando votamos lo mismo”, aseveró Amaro. Pacheco explicó en su dictamen por qué excluyó de responsabilidad penal al hoy senador Camy. Dijo que si bien “aprobó lo actuado por el presidente [de Ancap] en este tema, inmediatamente después registra intervenciones posteriores planteando las irregularidades de la contratación con Trafigura y solicitando que Ancap denuncie el contrato”. Eso terminó sucediendo a fines de 2011, con la firma de todos los integrantes del Directorio. Por este motivo, la decisión de Pacheco generó comentarios en ámbitos judiciales y en los corrillos del Parlamento. “Es como si uno cometiera un homicidio y después se arrepintiera y pidiera perdón; si se imputa a todos los que firmaron, Camy firmó, y si no se lo imputa por denunciar el contrato, todos los directores lo denunciaron”, dijeron fuentes judiciales a Caras y Caretas. La respuesta está pronta El abogado Ignacio Durán -quien junto a Gumer Pérez ejerce la defensa de Sendic- dijo que la valoración del dictamen puede dividirse en dos. “Por un lado, no es nada agradable para mi cliente, que ejerció una función pública con absoluta responsabilidad, verse involucrado en esta situación, y que un fiscal entienda que por sus decisiones es pasible de dos delitos. Eso lo tiene bastante amargado”, dijo Durán. Por el otro, desde el punto de vista de la defensa, el resultado tiene varios puntos a favor. “Para todo lo que se dijo durante estos meses, en los que se le hizo creer a la ciudadanía que esto era el Lava Jato uruguayo, con once temas denunciados, con las acusaciones que se hicieron, cuando se decía que los directores se llevaron la guita, que las licitaciones estaban todas acomodadas, el dictamen pone las cosas en su justo término, por más que desde el punto de vista de la defensa existan elementos para rebatir los pedidos de procesamiento”, afirmó Durán a Caras y Caretas. “Es un dictamen acorde a la realidad de los hechos y de lo que surge del expediente, aunque existen elementos jurídicos para decir que las imputaciones que hizo no corresponden. Como dice el propio fiscal en la conferencia de prensa, acá no hubo enriquecimiento ilícito, nadie se llevó nada para su bolsillo ni enriqueció a determinados particulares en perjuicio de otros. Por eso tipifica abuso innominado de funciones, un delito que no tiene ninguna razón de ser, que es absolutamente residual y que critica supuestas acciones arbitrarias, pero que no dejan de ser resoluciones de un funcionario público que tiene que tomar decisiones”, insistió Durán. En este marco, la defensa de Sendic intentará demostrar que las decisiones adoptadas en los casos de Trafigura y de Exor no pueden catalogarse como arbitrarias. “El fiscal entiende que en ambos casos se debió llamar a licitación, pero son decisiones que a juicio de los directores eran lo mejor para el ente”, dijo Durán. En el caso de Trafigura, el ente petrolero obtuvo una ganancia de 6 millones de dólares, y en el caso de Exor, existe una confusión de la Fiscalía entre la primera y la segunda operación, agregó. En tanto, el abogado estimó que el fiscal se apuró al formular la imputación por el uso irregular de las tarjetas corporativas. Al declarar ante la Justicia, Sendic dijo no recordar algunos de los gastos efectuados, pero aseguró que presentó toda la documentación en Ancap. No obstante, el ente no proporcionó la información al juzgado, ya que no pudieron encontrarse los archivos. Ante esto, el actual directorio de Ancap -en una resolución firmada por su presidenta, Marta Jara- decidió el inicio de una investigación administrativa “con el fin de determinar la existencia o no de responsabilidades en torno al archivo y conservación de los comprobantes de gastos efectuados por los directores a través del uso de tarjetas corporativas” durante la vigencia del procedimiento para el uso y administración de tarjetas corporativas del directorio -aprobado durante la administración de Sendic-. El abogado dijo que esa investigación sigue en trámite y no existe resolución, por lo que en la órbita penal debe primar el principio de inocencia. El dictamen: lo que queda En su dictamen, Pacheco refirió a la necesidad de continuar la investigación sobre el exdirector Juan Máspoli -en relación a la firma del contrato con Exor- y del senador Leonardo De León -por las adendas entre Alur y Abengo-Teyma y el uso de las tarjetas corporativas de la empresa-. En este último caso, Pacheco solicitó un informe a Alur y otro a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep); después de que reciba esa información, se pronunciará sobre la situación procesal del legislador. Sin embargo, el fiscal dejó asentado la posibilidad de investigar otros hechos. Por ejemplo, el acuerdo con Trafigura. Pacheco cuestionó que Ancap haya contratado a la empresa sin licitación. En este punto, “la intermediación de Trafigura -decidida unilateralmente por Ancap, desde que su participación en el negocio no está incluida en el contrato original entre Ancap y Petroecuador- podría haber significado -y en el punto podría profundizarse la investigación- una vía oblicua para introducir a dicha empresa en la compra y venta de petróleo y derivados a Ecuador, permitiendo a Trafigura eludir las licitaciones o llamados de la estatal ecuatoriana”. Pacheco también apuntó a un viaje de la avioneta de Alur. El fiscal afirmó que, más allá de la conveniencia o no de su adquisición, no se advierten hechos con apariencia delictiva ni en la compra ni en su uso. Salvo una única excepción: “Un viaje utilizado para el traslado del entonces secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía de la República Argentina, Axel Kicillof, en agosto de 2013, para asistir a un evento de la Fundación Propuesta Uruguay 2030, que no tenía relación alguna con Alur ni con Ancap, y que habría sido decidido por autoridades de Ancap”. También quedan dudas en la contratación de la empresa RN Consultores para la construcción del Ky Chororó. El fiscal alegó que no quedó “suficientemente acreditado si la empresa fue contratada a iniciativa de Ancap o de la Armada, pareciendo más verosímil que haya sido esta última la interesada en su contratación”, pese a lo cual se estima -por lo que dice el contrato- que ambos organismos estaban al tanto de la contratación. “Cabría profundizar la investigación a efectos de determinar eventuales responsabilidades por la irregularidad mencionada”, expresó Pacheco. En tanto, se descartó la existencia de ilícitos en la actuación de los empresarios: “No existió delito de parte de ellos. La Fiscalía entiende que existen delitos contra la administración pública y debe requerirse responsabilidad a los funcionarios”. Así quedó registrado en el dictamen, por ejemplo, en el caso Exor y la participación de su representante, el exdiputado Alejandro Steineck. Pacheco destacó “la ausencia de cualquier tipo de favorecimiento o influencia [de Steineck] en las distintas etapas de las negociaciones”. Asimismo Pacheco descartó la existencia de ilícitos en el resto de las denuncias: la contratación de la empresa La Diez para la gestión de publicidad de Ancap, la concesión de una pauta publicitaria en la radio La Propia de Quebracho y los gastos excesivos en que se habría incurrido en la fiesta de inauguración de la planta desulfurizadora de La Teja; presuntos sobrecostos en la construcción de la planta de cal en Treinta y Tres, entre otros.
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