El fiscal Luis Pacheco dijo que nunca estuvo de acuerdo con el modelo procesal acusatorio -cómo el que rige en Uruguay desde el 1º de noviembre de 2017-, y cuestionó, en particular, el proceso abreviado, ya que implica la condena de una persona sin juicio. “Esta aplicación del proceso abreviado es menos que un ‘minijuicio’, es un no juicio, es la ausencia de juicio”, afirmó Pacheco, en entrevista con el semanario Búsqueda. El fiscal -que tiene a su cargo todos los procesos penales tramitados al amparo del CPP 1980- fue preguntado sobre su opinión sobre el nuevo sistema. “Soy uno de los pocos detractores”, contestó Pacheco. El representante del Ministerio Público dijo que siempre estuvo de acuerdo con un principio acusatorio, por el cual la investigación esta a cargo de los fiscales, pero -en contrario- nunca estuvo de acuerdo con el modelo procesal acusatorio, “que es otra cosa”. En particular, Pacheco centró sus críticas en el proceso abreviado: “En la facultad nos enseñaron que la pena se determina por la gravedad de la conducta, el grado de culpabilidad de la persona, si es autor o cómplice, y por la concurrencia de circunstancias atenuantes y agravantes. Hoy, el 80% de las causas se tramitan por el sistema abreviado, y la determinación de la pena no pasa por la gravedad de la conducta ni por el grado de participación, sino por la habilidad negociadora del fiscal y de la defensa. Porque la pena es un acuerdo entre el fiscal y la defensa”. “La mayoría de los delitos pueden tramitarse por el proceso abreviado, y entonces los jueces aplican penas de hasta cuatro, cinco o seis años sin saber que pasó. Porque no pueden hacer una sola pregunta a la persona imputada de los hechos. Sólo deben preguntarle si consintió libremente el acuerdo con la Fiscalía. No me gusta que en el 80% de los casos de aquí en adelante en Uruguay la pena se fije de esta forma”, fustigó Pacheco. El fiscal valoró que se podría estar dictando una condena sin juicio, un procedimiento cuya constitucionalidad fue cuestionada en otros países. En este sentido, comparó el proceso abreviado con lo que sucedía en el sistema inquisitivo, del CPP 1980: “Se criticaba mucho el ‘minijuicio’ del sistema anterior, porque se resolvía todo en 48 horas con un procesamiento, y realmente esta aplicación del proceso abreviado es menos que un ‘minijuicio’, es un no juicio, la ausencia de juicio. Porque justamente se tiende a evitar el juicio”. Asimismo, el fiscal cuestionó la agilidad del resto del proceso oral: “El restante 20%, que va por el trámite normal del modelo acusatorio, es un modelo procesal que a mi juicio es largo, engorroso, poco ágil, que lleva mucho tiempo y desgaste de preparación”. Sin embargo, Pacheco dijo que con sus palabras no pretende defender el sistema anterior, “porque era malo”. “Pero como era malo nos creíamos que este era bueno”, afirmó. Sin embargo, el fiscal admitió que su opinión contraria al nuevo proceso penal está en minoría en la academia y dentro del propio Ministerio Público. “Reconozco que soy una minoría. A la mayoría de la doctrina y de los operadores les gusta este modelo procesal, así que seguramente el equivocado debo ser yo”, concluyó el fiscal.
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