El titular de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), Daniel Espinosa, afirmó que la Ley 19.574, de Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Ley Antilavado), procuró endurecer las penas para estos delitos y que no existió ninguna voluntad de derogación. “La ley es para fortalecer el marco del combate al lavado de activos”, afirmó Espinosa a Caras y Caretas Portal. La Ley Antilavado es objeto de polémica en atención de la redacción del artículo 79, el cual incluyó la palabra “deróganse” para referirse a los delitos previstos en las anteriores normas contra el lavado de activos. El abogado Gustavo Salle promovió –al apelar el procesamiento de dos de sus clientes- una interpretación “literal” de esa palabra y argumentó que todos los delitos de “lavado de activos” cometidos antes del 20 de diciembre de 2017 estaban extinguidos. La tesis fue rechazada por el fiscal Luis Pacheco y por la jueza Beatriz Larrieu. En este contexto, Espinosa dijo compartir la tesis esgrimida por el fiscal y la jueza. “Capaz que podría haber sido mejor utilizar la palabra sustitúyase o no poner nada (apelando a la derogación tácita), pero la interpretación es muy clara, en la norma no hay ninguna voluntad de derogación. Eso surge de toda la exposición de motivos y de la discusión parlamentaria”, afirmó Espinosa. “La ley es para fortalecer el marco del combate al lavado de activos. Por eso entendemos que lo importante es hacer una interpretación de contexto y no quedarse en un artículo aislado, porque fuera de contexto arroja lo contrario de lo que se quiere legislar, de lo que la ley buscaba. Hay una continuidad del delito claramente”, dijo Espinosa. En este sentido, el titular de la Senaclaft valoró la interpretación del fiscal Pacheco y de la jueza Larrieu al desestimar la tesis de la derogación. Espinosa dijo que para Uruguay “sería muy negativo una interpretación esquemática y literal” de la palabra “deróganse”. “Sería una muy mala señal de Uruguay para el sistema internacional”, ya que implicaría “dejar sin efecto causas de lavado que ya han sido juzgados”. “Estaríamos transformando un hecho que fue muy importante para Uruguay como la aprobación de la Ley Antilavado, por algo negativo”, enfatizó Espinosa.
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