El juez de Paz de Fray Marcos, Santiago Lorenzo, fue procesado con prisión por la jueza letrada en lo penal de 11º Turno, Dra. Ana de Salterain, por haber falsificado documentos públicos para permitir el ingreso ilegítimo a Uruguay de un niño que fue sustraído por su madre de su residencia española. Según la información disponible en la página web de Poder Judicial, la investigación del caso evidenció que la madre del niño viajó junto a él a Uruguay desde Barcelona (España) en noviembre del año 2015, sin consentimiento previo del padre del menor. Para ello, la susodicha empleó una “autorización para viajar” de origen apócrifo enviada por Lorenzo. Posteriormente, durante su estancia en Uruguay, la madre del niño obtuvo otro documento apócrifo conseguido por Santiago Lorenzo con el fin de prorrogar la estadía del niño en Uruguay. La magistrada De Salterain expresó en su resolución que la declaración del juez J.B. “resulta creíble en que efectivamente, S.L. [Santiago Lorenzo] pudo tener fácil acceso al sello del Juzgado, desde que las oficinas de ambos letrados eran contiguas, y no resulta cuestión menor que la IUE de los documentos apócrifos corresponde a la de Villa del Carmen, juzgado donde se había desempeñado el indagado”. “Por último, no se vislumbra razón alguna para que las indagadas A. y L.M. declaren que fue S.L. [Santiago Lorenzo] quien participó en la confección de dichos documentos que permitieron que el niño fuera sustraído ilegítimamente de España. Por el contrario, la primera conocía a L. [Lorenzo] casi desde su niñez según sus declaraciones, y esa misma circunstancia la coloca en un lugar vulnerable en su rol de indagada” , añade el texto de la jueza. Prisión Así, De Salterain señala que la conducta de Santiago Lorenzo “amerita su enjuiciamiento y prisión -sin perjuicio de posterior calificación si así lo solicita el Ministerio Público-, por la autoría de dos delitos de falsificación de documento público por funcionario público fuera del ejercicio de su función, en régimen de reiteración real”. Por tanto, se dispondrá la prisión preventiva para el indagado en base a lo que estipula el artículo 237 del Código Penal, el cual señala que “el particular o funcionario público que fuera del ejercicio de sus funciones, hiciere un documento público falso o alterare un documento público verdadero, será castigado con dos a seis años de penitenciaría”. El juez Lorenzo había sido procesado el mes pasado por apropiarse de dinero falso incautado en un procedimiento y emplearlo en beneficio propio.
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