En el Convenio Colectivo del Sector Privado de octubre de 2015 se creó una Comisión de Trabajo que tiene el objetivo de definir los beneficios relacionados con la maternidad, paternidad, licencias especiales y cuestiones de género y articular su compatibilización con la organización del trabajo en las instituciones. Dicha Comisión posee representantes del Ministerio de Salud Pública, del Sindicato Médico del Uruguay y de los empleadores.
Hacete socio para acceder a este contenido
Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.
ASOCIARMECaras y Caretas Diario
En tu email todos los días
Según lo establecido por el acuerdo firmado el miércoles por la Comisión, todas las instituciones privadas de asistencia médica deberán contar con un mínimo de una sala de lactancia. Dicha sala deberá estar acondicionada adecuadamente, además de tener una heladera y proveer la privacidad necesaria.
Por otro lado, las mujeres que continúen amamantando cuando se reintegren a la jornada laboral contarán con dos períodos de media hora remunerada para poder extraer su leche o amamantar.
Uno de los puntos más relevantes que establece el acuerdo es que aquellas mujeres que se reintegren a su trabajo luego de la licencia maternal, deberán hacerlo en las mismas condiciones que tenían cuando se fueron. O sea, no se podrá cambiar las responsabilidades de la trabajadora cuando se reintegra a no ser que dicha decisión sea justificada.
Una comisión tripartita estará encargada de realizar un seguimiento de las medidas planteadas en el acuerdo y de recibir las denuncias correspondientes en caso de que las instituciones médicas incumplan lo establecido.