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Homicidio culpable

Fiscal pidió procesar a cinco personas por muerte de un niño en juego inflable

La fiscal Gabriela Fossati afirmó que los adultos responsables de la fiesta no cuidaron debidamente del niño y lo expusieron a un riesgo que, en definitiva, le causó la muerte.

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Caras y Caretas Diario

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La fiscal Gabriel Fossati (CPP 1980) solicitó este martes el procesamiento de cinco personas, por su responsabilidad en la muerte de Luciano, un niño que murió en un juego inflable durante un cumpleaños a fines de 2016. La fiscal tipificó a cuatro de ellas, incluidos los padres del niño que celebraba el cumpleaños, por un delito de homicidio culpable y de una persona por un delito de encubrimiento. La fiscal dejó a criterio del juez Penal de 23º Turno, Tabaré Erramuspe, definir si los procesamientos deben dictarse con o sin prisión. El hecho ocurrió el 9 de diciembre de 2016. Luciano Silvera -de 5 años, epiléptico- asistió a un cumpleaños en un local de fiestas en Parque Batlle. Tres horas después, su padre fue a buscarlo, pero el niño no aparecía. El padre descartó la idea de que su hijo pudiera haberse ido con alguno de sus compañeros e insistió que lo buscarán; su cuerpo fue encontrado dentro de un castillo inflable. El juego había sido desinflado y enrollado con Luciano dentro; el niño murió asfixiado. En su momento, la indagatoria penal por la muerte de Luciano fue archivada. Pero en semanas atrás la fiscal Fossati solicitó la reapertura de la indagatoria, tras la aparición de un video de las cámaras de seguridad del establecimiento. Por esta situación, fueron interrogados el dueño del local, los animadores y los padres del niño que celebraba el cumpleaños, entre otras personas. Finalmente, la fiscal Fossati solicitó el procesamiento de cinco personas. “Esta Fiscalía estima que se han reunido elementos de convicción más que suficientes como para afirmar prima facie que Luciano no fue debidamente cuidado, que fue enrollado en el interior al momento del último desinflado del castillo, que su presencia no fue advertida, posiblemente por el color de su remera (roja) que se podría haber camuflado con la del efecto del igual color, que permaneció allí durante más de una hora, y que fue reiterado del interior muerto”, señala el dictamen de Fossati, publicado en el portal web de la Fiscalía. En el dictamen se establece que Luciano era epiléptico y que todos los padres del colegio al que asistía conocían esa situación. Que era un niño que habitualmente jugaba en forma normal y que en algún momento de ese festejo comenzó a sentirse decaído, manteniéndose pasivo, quieto, adormilado, no participando de las actividades junto a sus compañeritos. Esa situación no fue atendida en forma debida por ninguno de los adultos que debían cuidarlo -los padres anfitriones y los responsables del emprendimiento comercial-; sólo una adolescente, hija de una moza, le prestó atención y conversó con él por algunos minutos. Esa situación de decaimiento se percibió en situaciones de juego. “En determinado momento estuvo caído en la cama elástica, boca abajo, inmóvil, con amiguitos saltando junto él, o sólo, siempre en la misma posición, sin que nadie lo notara. Por su postura se percibe que no se trataba de un juego. […] No se puede determinar si se encontraba desmayado o dormido pero surge con claridad que no se encontraba jugando. Se percibe con nitidez que se encontraba en un lugar visible, por lo que no se entiende que nadie lo haya auxiliado. En esas circunstancias es que se produce el desenlace fatal dentro del castillo inflable. En base a los informes médicos, la fiscal Fossati descartó que el niño haya sufrido un ataque de epilepsia, pero valoró que pudo haber perdido el conocimiento “luego de quedarse dormido por un sueño simple”. Los animadores comenzaron a desinflar el juego sin retirar a los niños de él; allí quedó Luciano, que tenía una remera roja. Las imágenes de las cámaras de seguridad -que se incorporaron en la investigación judicial varios meses después y en forma parcial- permiten visualizar que durante el desinflado del juego algunos de los niños saltaban y tocaban el cuerpo de Luciano, y que ninguno de los adultos constató la situación. “Lo cierto es que (Luciano) no pudo reaccionar, fue enrollado en su interior y allí permaneció durante más de una hora, mientras sus compañeritos realizaban actividades de baile en el salón con animadores y algunos adultos, y algunos saltaban sobre el inflable arrollado”, señala el dictamen. En este contexto, la fiscal estimó que el propietario del local, los padres del niño que cumplía años y los animadores son responsables por la muerte de Luciano. “La conducta pasiva de los indagados fue determinante para que ello sucediera. Objetivamente el resultado les puede ser imputado. Son los responsables por omisión de la creación del riesgo al que expusieron a un niño de 5 años, lo que culminó con su fallecimiento”, señala Fossati. “Correspondía la suma de los esfuerzos y la dedicación de todos en el cuidado, algo que ninguno pareció tener en cuenta. En suma, se invitaron alrededor de treinta niños de cinco años y nadie se sentía obligado a cuidarlos. Luego de apreciar el caos y desorden de la maniobra de desinflado del castillo se llega al convencimiento de que cualquiera de los invitados pudo ser otra víctima. Los niños ingresaban al interior del material libremente. No se alcanza a comprender como no fueron retirados del mismo, como se permitía que ingresaran y salieran del interior sin contar el número niños, con el riesgo que ello implica dada su edad, y que estaban en una etapa de la vida donde no perciben con claridad el peligro y se exponen (reglas de la experiencia)”. “Se percibe fácilmente a través de las fotografías de Luciano su fragilidad; ¿puede admitirse entonces que adultos encargados de su cuidado se desliguen de sus responsabilidades? ¿Es concebible aceptar que si no se les hubiera comunicado su condición de epiléptico no debían estar igualmente atentos? ¿Hasta donde se puede permitir que los adultos pretendan trasladar su responsabilidad a este niño por supuestamente haber ingresado por si a un lugar donde en todo caso nunca debió tener acceso?”, se preguntó Fossati. Ocultar las pruebas En su dictamen, la fiscal Fossati deja en claro la intención de los propietarios del local de fiesta de eliminar las pruebas de lo que sucedió ese día. En este sentido, se establece que los propietarios del local declararon ante la Policía Científica que las cámaras de seguridad no grababan, algo que no se comprobó que no era cierto. Pero además se estableció que, el día después de la muerte de Luciano, el hermano del dueño del local se comunicó con la empresa de seguridad y le solicitó la filmación, sin informar lo que había sucedido, y que de esta forma tuvo acceso a toda la filamción. “Las observó durante un extenso lapso de tiempo (alrededor de 4 horas), se comunicó nuevamente con (un funcionario de la empresa de seguridad). para que le indicara como bajar la grabación, aclarando que necesitaba bajar ‘todas las horas’”, señala el dictamen. Posteriormente, le informó a su hermano lo que había visto en las imágenes, pero ninguno informó esta situación a la autoridad policial. Las imágenes recién fueron incorporadas en la causa el 5 de febrero de 2017, tras una intimación del Juzgado “pero en algunas de sus partes (no la totalidad del material filmado), y con un desfasaje en el horario respecto del real”. Esto fue posible porque el funcionario de la empresa de seguridad observó en la filmación un movimiento policial, lo que despertó su interés y lo llevó a prestar atención a las imágenes de las 4 cámaras existentes en el establecimiento, observando lo que le pasó a Luciano. Este funcionario procedió a resguardar en un CD unos 15 minutos del material, específicamente del momento en que su cuerpo era retirado del castillo inflable, y entregó la filmación a la Policía. Estas imágenes son las hacen inferir que el cuerpo del niño fue retirado del juego “sin pantalón”. Pero ese extremo fue descartado -al menos de momento y en base a consultas con expertos en materia de imágenes de video- por la Fiscalía. “Esta Fiscalía estima que el niño se encontraba con su ropa puesta. No obstante, dadas las conclusiones contrarias que surge de prueba testimonial y pericial, que se trata exclusivamente de una apreciación personal, y con la finalidad primordial de darles tranquilidad a los padres en este punto tan sensible y relevante, se deberá procurarán más elementos útiles para acreditar totalmente dicha circunstancia, sobre todo en lo que respeta a la posible incidencia del sistema de grabación infrarrojo en la percepción de las imágenes, puntualmente teniendo en cuenta las características del short que llevaba puesto”, dice el dictamen. Pero particularmente, la fiscal apuntó contra la actuación policial. En el cumpleaños había dos policías -amigos de la familia, uno de ellos fotógrafo de Policía Científica-, pero tras el hallazgo del cuerpo de Luciano no se adoptó ninguna medida para preservar la escena del hecho, lo que dificultó la investigación posterior. En este punto, la fiscal dice que se deberá investigar si la escena del hecho fue modificada o no. “Si la respuesta fuere afirmativa, los funcionarios policiales deberán aclarar porque no intervinieron para que ello no sucediere. Si fuere negativa, el equipo especializado será quien deberá realizar las aclaraciones. Todo ello se requerirá en pieza separada para no continuar entorpeciendo estos obrados. La comunicación de los funcionarios con el Juez de turno fue telefónica. De acuerdo a lo informado por la médico forense, se encontraban en el Hospital de Clínicas por otro hecho en el mismo momento, y se les informó que el cuerpo habría sido retirado, razón por la cual no se constituyeron”.

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