En el marco de la ley n.° 19.689, de Promoción del Empleo, el director general de Inefop y el director nacional de Empleo, Eduardo Pereyra, informó sobre los dos estímulos a la contratación de personal dispuestos por la normativa.
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Las empresas que a partir del 1.° de enero contraten a personas de entre 15 y 45 años contarán con un beneficio del 25 % de un salario y medio mínimo, aproximadamente unos 6.000 pesos por trabajador de esas edades.
Por otra parte, toda empresa que contrate a una persona mayor de 45 años accederá a un beneficio del 40 % de un salario y medio mínimo, aproximadamente unos 9.000 pesos. Pereyra destacó que este componente recoge, por primera vez en la historia del país, un reclamo de los ciudadanos en relación a las personas mayores de 45 años.
Pereyra explicó que esta iniciativa reconoce la necesidad de los jóvenes de acceder a ingresos, así como de efectuar prácticas previas al ejercicio profesional. También valoró que la medida acerca el sistema educativo al ámbito de las empresas, la tecnología y el mercado de trabajo.
El límite para cada subsidio otorgado a las empresas es de 1,5 salarios mínimos. El plazo de contratación será de un máximo de 18 meses.
Las empresas interesadas no podrán haber enviado a seguro de paro ni despedido a personal de las categorías referidas, lo que evita la posibilidad de sustituir a un trabajador por otro bajo el amparo de estos beneficios.