El Mecanismo Nacional de Prevención (MPN), de la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh), recomendó el cierre inmediato de “Aldeas de la Bondad” de Salto, y que las personas alojadas allí sean remitidas a otros centro dónde “reciban una atención adecuada a la Convención Internacional sobre la discapacidad”. Asimismo, se planteó la necesidad de “reparar los daños ocasionados hasta el momento a las personas usuarias por los déficits en atención” que sufren en ese centro. El centro “Aldeas de la Bondad” -administrado por la Fundanción IMCOS (Fundación Instituto Mixto Colegio Oriental Salto) desde 1986- estuvo en el centro de la polémica sobre fines de 2016, por la muerte de cuatro pacientes con discapacidad cerebral severa trasladados hacia Montevideo para su internación en otros centros. El traslado se efectuó tras la rescisión del convenio con INAU. El caso fue abordado por el Parlamento, tras las críticas esgrimidas por legisladores de oposición a la decisión del MSP y de INAU de proceder al traslado de los pacientes. En este marco, integrantes del MNP realizaron una visita al centro el 21 de marzo de 2017 para constatar las condiciones de internación de los usuarios. Esta visita se efectuó con asistencia de la Cátedra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina, en virtud del perfil de la población que allí era atendida. Al iniciar el año 2016, el centro atendía un total de 102 personas, pero tras la rescisión del convenio con INAU y los traslados efectuados la cantidad de pacientes se redujo a la mitad. Al momento de la inspección del MNP en el centro había 58 pacientes -por convenio con INAU- y tres pacientes particulares. La visita permitió constatar que la mayoría de las personas alojadas en el centro no tienen vínculo con familiares, señala el informe. Durante la recorrida se constató “un importante deterioro en todas las instalaciones”, que se vincula con una carencia de mantenimiento por dificultades económicas acumuladas desde hace años. Por ejemplo, “las camas son muy viejas, de hierro, la mayoría son altas, o en un altura estándar sin baranda; no hay camas articuladas, ni provisión de colchones ortopédicos, que son insumos necesarios para cubrir las necesidades de personas con movilidad reducida por parálisis cerebral severa. Los colchones se ven muy deteriorados, la mayoría son de polifón que por el uso se ven desgastados”, señala el informe. “Ningún mobiliario parece adaptado a las limitaciones motrices de la población”, agrega. En este marco, “se pudo corroborar que el Centro Aldeas de la Bondad de Salto sostiene un modelo asilar de intervención”, dice el informe. “Este no se corresponde con buenas prácticas de abordaje de la discapacidad ni con los criterios establecidos en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y otros instrumentos de protección de los Derechos Humanos. Dicho modelo de atención es tutelar, no reconoce a la persona con discapacidad como sujeto con autonomía y capacidad para tomar decisiones sobre los asuntos que les son inherentes”. “En ese sentido, llamó la atención la utilización de apodos para identificar a las personas según su grado de discapacidad. Tales apodos son en sí mismos calificativos estigmatizantes y dan cuenta de un enfoque de infantilización de la discapacidad naturalizado”, agrega el informe. Durante la visita se estableció que los pacientes sean diferenciados por “renglones” y que se los identifique cómo tales: una parte de las personas que pertenecen al “renglón B” son llamados “los pillos”, mientras que otros de ese mismo renglón son identificados como “los caminantes”, al tiempo que quienes pertenecen al “renglón C” -dependencia cerebral severa-, son apodados como “los siempre niños”. “El desconocimiento de las personas como sujetos de derechos, desde su autonomía y su potencialidad, hace que se registre su identidad únicamente desde su condición de discapacidad”, señala. El modelo de atención titular aborda el trabajo con las personas con discapacidad sin relación con su familia ni con su comunidad. “Se evidencia que desde el Centro no se promueve el contacto con los familiares y/o redes de pertenencia, lo cual sin dudas va en detrimento de su derecho a tener vínculo con su familia y el de la familia a tener contacto con ellos”. “Así, no se reconoce a la persona como sujeto de derecho, no se las respeta en su autonomía, ni se le brinda acceso a la información veraz sobre su situación familiar. Todos los usuarios permanecen aislados, en un centro donde se concibe que permanecerá toda su vida, sin posibilidades de mejora, o inclusión social, todo lo cual fue constatado en la visita realizada”. Ante esto, “la permanencia de este sistema ha implicado una violación sistemática de los Derechos Humanos de las personas que han transitado por este centro. Se observa que han padecido, entre otras, la falta de igualdad de oportunidades, y a tener una inclusión en la vida social, familiar y comunitaria”. El cementerio interno El informe del MNP también señala que al ingresar al centro se constata la existencia de una parcela que funciona como “cementerio” de pacientes. “Al ingresar a la Aldea y ser recibidos por la persona a cargo, el equipo advirtió la existencia de una parcela de tierra a modo de altar donde figuraban algunos grabados con los nombres de varias personas. Al consultar de qué se trataba se explicó que era el cementerio, allí dieron sepultura a lo largo de los años a internos/as que fallecieron. Se refiere textualmente que allí dejan los restos de los ‘niños que van muriendo’”. “Ante nuestra consulta se refiere que se tiene la intención de regularizar este cementerio con la Intendencia Departamental de Salto. En el centro del predio se encuentra una capilla, donde según se refiere no se ofician servicios religiosos con participación de la iglesia, sino que se utiliza, según fuera relatado ‘para velar a nuestros niños’”, señala el informe.
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