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Sanción contra empresa de aplicaciones

Intendencia suspendió servicio de Easy Taxi por cobrar en efectivo

Por medio de un correo electrónico, la empresa reconoció que se habilitó el pago del servicio en efectivo, algo prohibido por la norma municipal.

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Caras y Caretas Diario

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La Intendencia de Montevideo dispuso este jueves “suspender en forma temporal por un plazo de siete (7) días calendario a la empresa Easy Taxi S.A. […] por aceptar el dinero en efectivo como medio de pago”. La resolución, firmada por el intendente (interino) Oscar Curutchet y el secretario general Fernando Nopitsch, establece que la sanción comenzará a regir a partir de la fecha de notificación de la resolución. La Intendencia inició una investigación contra Easy Taxi (Easy Go) ante la constatación de que esta aplicación daba la opción de efectuar el pago de los viajes en efectivo. Esta modalidad de pago está prohibida para las empresas de transporte por aplicaciones. Así lo establece el literal G del artículo 9 del Decreto 36.197. Tras analizar las pruebas, la comuna consideró probada la conducta infraccional de la empresa y dispuso la sanción. La infracción fue confirmada con base en un correo electrónico que fue enviado por el propio Gerente General de la empresa a la Intendencia, “lo que vislumbra que la situación permaneció incambiada, recibiendo pagos en efectivo”, expresa la resolución a la que accedió Caras y Caretas Portal. “En efecto, es el propio Gerente General de la empresa, Sr. Felipe Vargas, quien comunica la operativa brindada por Easy Taxi SA, hasta el momento”, agrega. El informe de la División de Asesoría Jurídica de la Intendencia rechaza el pedido de Easy Taxy SA de abrir una etapa de prueba, ya que eso no resulta pertinente. Asimismo, se señala que “no existe negativa categórica por parte de Easy Taxi SA respecto de haber permitido el pago en dinero en efectivo”. En sus descargos, la empresa pretendió descartar la validez como prueba del correo electrónico enviado por Vargas. Sin embargo, “la recepción del correo electrónico cuestionado es correcta y hábil para ser considerada como manifestación de voluntad dirigida a la Administración”. “En cuanto al contenido del correo electrónico, se plasma en forma clara el hecho indirectamente prohibido por la norma, esto es, el aceptar como medio de pago el dinero en efectivo y del análisis del texto surge de manera clara el conocimiento de la prohibición antedicha”, expresa. En este sentido, “debe decirse que la empresa Easy Taxi incorpora en su sitio web un acceso a la página correspondiente a Easy Go y en esta última se expresa con total claridad que se aceptan pagos en efectivo entre otras modalidades, conforme surge de las capturas de pantalla que se agregan”. “En síntesis, se estima que la constatación concreta de la infracción, conjuntamente con los restantes antecedentes que puedan agregarse por parte del Departamento de Movilidad, así como las probanzas e indicios relevados en el presente expediente -el multicitado correo electrónico, la falta de negativa expresa por parte de la empresa respecto de la comisión de los hechos, las publicaciones efectuadas en el sitio web de la empresa, etc.- determinan que surja probada la conducta infraccional concretada” por Easy Taxi SA.

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