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Vías alternativas a la prisión

Jorge Díaz defendió el “pedido de disculpas” como solución al conflicto penal

El fiscal de Corte defendió los acuerdos reparatorios entre víctima y victimario en el nuevo CPP e insistió que la resolución pacífica del conflicto es un derecho de la víctima.

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El fiscal de Corte, Jorge Díaz, defendió las vías alternativas de resolución de conflicto previstas en el nuevo Código del Proceso Penal (CPP) y dijo que le causa “escozor” que parte de la sociedad no entienda que el “pedido de disculpas” para el caso de un hurto es una herramienta válida para la resolución pacífica de un conflicto penal. Díaz participó este jueves de una actividad organizada por el Comisionado Parlamentario para el sistema Carcelario, sobre los impactos del nuevo CPP en las cárceles uruguayas. El evento contó, además, con la participación de los integrantes de la Institución Nacional de Derechos Humanos, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak, y la defensor pública, Adriana Berezan, entre otros operadores del sistema de justicia. En este contexto, Díaz defendió los preceptos del sistema acusatorio y aseguró que se trata de un cambio sustancial en el sistema judicial uruguayo. Y defendió las vías alternativas de resolución del conflicto, como la suspensión condicional del proceso y los acuerdos reparatorios entre víctima y victimario. A modo de ejemplo, el fiscal de Corte dijo que el sistema inquisitivo (CPP 1980) era un sistema de una sola vía, dónde investigación, procesamiento y sentencia de condena era una unidad. “Ahora tenemos un sistema que tiene múltiples avenidas porque el objeto del proceso penal cambió, ya no es más averiguar la verdad material y a esos hechos aplicarles una norma general, el objeto del proceso penal acusatorio es resolver un conflicto, y si no entendemos eso no vamos a entender absolutamente nada, este código coloca a la víctima ya no como un objeto de prueba sino como un sujeto de derecho, y es un sujeto que molesta, claro que molesta, porque tiene y exige sus derechos y hay que escucharlo”, expresó Díaz. Por este motivo, el jerarca dijo que le causa “cierto escozor cuando en un delito de hurto hay un acuerdo entre la víctima y el victimario de la reparación del daño y la sociedad dice ‘que horrible pidió disculpas y lo dejaron libre’. La pregunta es si el conflicto originario entre la víctima y victimario se resolvió pacíficamente porque todos los demás ciudadanos se molestan, la respuesta es, que venimos de un sistema donde el enano inquisitivo no hacía otra cosa que perseguir, perseguir, perseguir, porque era la única vía”. Además, el fiscal de Corte aseguró que en el nuevo CPP puede tener un impacto en la cantidad de personas privadas de libertad, ya que la prisión preventiva se aplica como lo que es “una medida cautelar y no una pena anticipada, como se aplicaba, ese es el primer gran cambio”. “Esto debería tener impacto carcelario con la separación clara de dónde van las personas privadas de libertad que están cumpliendo prisión preventiva y dónde van las personas privadas de libertad que están cumpliendo penas”. “No es lo mismo estar privado de libertad esperando la condena que cumpliendo una condena, no deben estar juntas y el CPP, en el artículo 232, lo establece claramente y esa es una de las cosas que debemos trabajar para cumplirlas, tienen que estar en establecimientos distintos bajo un régimen absolutamente distinto, porque la persona que está sometida a una medida cautelar esperando juicio es jurídicamente inocente”, expresó Díaz. El fiscal de Corte afirmó que una de las virtudes del sistema acusatorio otorga mayores garantías, ya que “transparenta todo”. “Se ve todo, las virtudes y los defectos, lo que antes se hacía redactando en un escritorio y corrigiéndolo ahora se hace en una audiencia, eso exige un entrenamiento, una capacitación pero sobre todo una experticia para decidir”, comentó Díaz. Y apuntó que el sistema procesal más eficiente no es el que mete más gente presa sino aquel dónde los culpables cumplen con su condena. Y afirmó que en Uruguay rige el principio de presunción de inocencia: “somos todos inocentes hasta que el Estado nos pruebe lo contrario”, concluyó.

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