La jueza Especializada en Crimen Organizado de 2º Turno, María Helena Mainard, dispuso la nulidad de la pericia económico-financieras en el caso Pluna SA, con lo cual desestimó una de las pruebas más importantes que tenía la Fiscalía para fundamentar la imputación contra los ex gerente de Leadgate SA, Matías Campiani, y sus socios Sebastián Hirsch y Arturo Álvarez Demalde. Las defensas de los ex gerentes de Leadgate SA habían cuestionado las pericias por supuestas irregularidades en su conformación. En sus respectivos escritos, los abogados alegaron que las peritos actuaron con parcialidad, que interrogaron a testigos confundiendo sus roles; trabajaron sin plazo y fueron designadas sin notificar a la defensa de los exgerentes. Además, se alegó que «distorsionaron» dichos de testigos para justificar sus argumentos, entre otras críticas, según informó oportunamente el diario El País. Este jueves, la magistrada -en línea con el planteo de la defensa de los imputados- declaró la nulidad de la pericia, según informó la periodista de TNU, Georgina Mayo, y confirmó Caras y Caretas Portal. La jueza consideró que la pericia efectuada por peritas del Instituto Técnico Forense (ITF) incurrió en vicios de imparcialidad y de indefensión, por lo que declaró su nulidad. Entre otras afirmaciones, la jueza valoró que en la pericia se violentó el derecho a defensa, dijeron fuentes judiciales a este medio. En este sentido, el abogado Enrique Möller -representante de Álvarez Demalde en el proceso penal- afirmó que la resolución es “muy importante” porque confirma todas las críticas efectuadas a la pericia. Asimismo, explicó que la decisión de la jueza puede ser apelada por la Fiscalía, por lo que la decisión final estará en manos de un Tribunal de Apelaciones. En caso de que el Tribunal confirme la posición de la jueza Mainard implicaría un aspecto a favor de la defensa, ya que la Fiscalía no podría utilizar sus conclusiones y se quedaría sin una importante prueba de cargo para fundamentar una eventual acusación. “La pericia no se puede realizar otra vez, porque ya precluyo el plazo para efectuarla. Si el Tribunal confirma la nulidad de la pericia, es cómo si esta nunca hubiera existido”, dijo Möller a Caras y Caretas Portal. En diciembre de 2013, la entonces jueza Especializada en Crimen Organizado de 2º Turno, Adriana De los Santos, (hoy jueza Penal de 14º Turno) dispuso el procesamiento con prisión de Campiani y sus socios como responsables de “un delito continuado de estafa especialmente agravado”. La magistrada consideró probado -al menos prima facie- la existencia de diversas maniobras destinadas para efectuar negocios a través de Pluna SA, para beneficio personal y en perjuicio de la empresa.
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