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Investigación criminal

Justicia busca conocer las causas de brutal femicidio

Un juez solicitó que se efectúe una pericia psicológica al policía que mató a su ex pareja disparándole con su arma de reglamento; se procura conocer los motivos de la acción homicida.

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El juez Penal de 3º Turno, Gustavo Iribarren, solicitó que J.A.L.M., el policía de 42 años, que mató a su ex pareja de un disparo en la cabeza, sea sometido a una pericia psicológica, para determinar los motivos que lo llevaron a cometer el crimen. Además, el magistrado solicitó que se le practique una segunda pericia psiquiátrica a los efectos de determinar las características personales del policía y certificar si por su estado mental puede significar un riesgo para si mismo o para terceros, durante su estadía en reclusión. Iribarren dispuso este martes -en línea con el pedido de la fiscal adjunta Serrana Fernández- el procesamiento con prisión de J.A.L.M., como autor responsable de un delito de homicidio. El juez consideró probado que el policía fue el autor del disparo que le provocó la muerte a su ex pareja, cuando esta se disponía a ingresar a su domicilio, en compañía de los dos hijos de ambos. El auto de procesamiento estableció que pocos minutos antes de las 23:00 horas el policía arribó al domicilio de la joven “sin previo aviso”, con el objetivo de hablar con ella y visitar a sus dos hijos. “La intempestiva decisión estuvo precedida, ese mismo día, de varias comunicaciones telefónicas cumplidas con insistencia por el indagado a lo largo de toda la jornada, oportunidades en las que éste había requerido explicaciones sobre por qué sus hijos se encontraban jugando en casa de vecinos mientras la madre realizaba diligencias y compras con su actual pareja”. Al llegar a la casa, el policía quiso mantener una charla en la puerta del edificio. La mujer se negó, por lo inapropiado del horario, El hombre no le había avisado que la visitaría; la mujer consideró que eso era una intromisión en su casa. Cuando la vívtima se disponía a cerrar la puerta del edificio -mientras el hijo mayor corría por el corredor para ingresar a la vivienda y el hijo menor estaba en el pasillo a pocos metros de ella- el hombre sacó su arma de reglamento, que llevaba en la cintura, y le disparó en la cabeza y la mató. El cuerpo quedó tendido en el piso; el hombre guardó su arma y se retiró unos metros hasta que se detuvo a esperar a sus hijos quienes, al ver la escena, salieron del edificio gritando detrás de su padre. “Con ellos [los memores], el indagado aborda, pocos segundos más tarde, un taxi para dirigirse hacia la casa de sus padres y, una vez allí, deja a ambos niños al cuidado de sus abuelos y de inmediato se dirige hacia dependencias policiales”. Allí se entrega. Tras analizar las pruebas, el juez Iribarren dispuso su enjuiciamiento por un delito de homicidio. “El resultado muerte verificado se ajustó a la intención perseguida por el indagado, elementos que, sin perjuicio de ulterioridades, pueden ser aquí inferidos a partir de su destreza en el uso de armas derivada de su calidad de funcionario policial, de la potencia letal del arma empleada, de la escasa distancia desde la que efectuó el disparo y del lugar hacia donde dirigió la agresión”, expresa el auto de procesamiento. En este marco, el magistrado dispuso la realización de una serie de pruebas para ampliar la investigación durante el sumario. Para ello, el juez solicitó que se haga una pericia psicológica de J.A.L.M., para dilucidar los motivos del crimen. “Se procura definir de dónde surge la pulsión homicida o criminal, cuál fue el desencadenante del hecho criminal, más allá de lo que él declara ante la Sede”, dijeron fuentes judiciales a Caras y Caretas Portal. “Se busca tener una conjetura razonada de que sucedió”. Asimismo, se solicitó el desarrollo de una segunda pericia psiquiátrica para ampliar las conclusiones de una primera pericia que se realizó durante las primeras 48 horas de la detención. El objetivo es confirmar ciertos rasgos de la personalidad del policía para determinar si puede implicar un riesgo para si mismo o para terceros durante el tiempo de detención. “Se busca determinar las características personales del individuo”, explicaron las fuentes. En este caso, la pericia no apunta a dilucidar una eventual imputabilidad, agregaron. Por otro lado, el juez Iribarren -en línea con la Fiscalía- solicitó al Registro de Estado Civil que remita testimonio de la partida de matrimonio entre víctima y victimario. El testimonio de los testigos no permitió clarificar el actual estado de la relación conyugal entre ambos, es decir, si efectivamente estaban divorciados o no. Este punto es importante porque, en caso de aún estar casados, el homicidio pasaría a encuadrarse dentro de los preceptos del artículo 311 del Código Penal, referido a los agravantes especiales. En tanto, durante el desarrollo del proceso se determinarán la posible imputación de las agravantes genéricas, que pueden implicar un aumento de la sanción penal al policía. Entre éstas está la utilización de arma de fuego (aumenta hasta 1/3 la pena prevista), la alevosía o el abuso de superioridad por el uso de armas. Por ahora, el hecho fue caratulado sólo como un homicidio, previsto en el artículo 310 del Código Penal.

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