Katoen Natie emitió un comunicado en el que considera «claramente inaceptables», las consideraciones formuladas en la edición del 27 de enero del semanario Búsqueda por parte del presidente del Directorio de Montecon.
Hacete socio para acceder a este contenido
Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.
ASOCIARMECaras y Caretas Diario
En tu email todos los días
Cuestiona especialmente que se califique el «ejercicio de «un derecho constitucionalmente consagrado de impugnación de un acto administrativo y su consiguiente revocación, en base a la ausencia de fundamentos de la resolución que admitiera la denuncia, como un “cambio repentino”, una “mala señal”, una “interferencia que nos llama la atención” que “atenta sobre los derechos”, un “error”, un “cambio de reglas relevante”, una “mala política pública”.
El malestar de Montecon tiene que ver con que el 21 de enero de 2022, y en respuesta a un recurso de revocación y jerárquico interpuesto por TCP S.A. y sus empresas vinculadas el 17 de setiembre de 2021, el Ministerio de Economía y Finanzas dispuso revocar una Resolución de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC) por la que se aceptara la pertinencia de una denuncia interpuesta por la empresa Montecon S.A. contra el Poder Ejecutivo, el MTOP, la ANP y Katoen Natie.
El comunicado de la empresa belga defiende su posición y argumenta que se ha «alegado que el camino elegido por Montecon a fin de impugnar normas regularmente dictadas no era, ni lo es, el de recurrir a las normas de defensa de la competencia (Ley 18.159), referidas a prácticas, conductas y actividades anticompetitivas que, por lo demás … ni siquiera hubieran tenido tiempo de ponerse en marcha. Para ello, la vía abierta lo era y es la impugnación administrativa, y el reclamo anulatorio».
«En una palabra: hemos alegado que el camino elegido por Montecon a fin de impugnar normas regularmente dictadas no era, ni lo es, el de recurrir a las normas de defensa de la competencia (Ley 18.159), referidas a prácticas, conductas y actividades anticompetitivas que, por lo demás … ni siquiera hubieran tenido tiempo de ponerse en marcha. Para ello, la vía abierta lo era y es la impugnación administrativa, y el reclamo anulatorio», remarcó Katoen Natie en su comunicado.