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Editorial LUC |

La ley del prepo

Por Leandro Grille.

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Hay un ensayo de defensa de la Ley de Urgente Consideración que consiste en atacar las críticas simplemente porque el tiempo transcurrido desde que se hizo pública no ha sido el suficiente para un análisis del texto. En cierto modo, Lacalle Pou y sus partidarios expresan un simulado desconcierto ante lo que consideran un rechazo apriorístico a un corpus normativo que, por su extensión y complejidad, merecería un abordaje cuidadoso antes de que alguien se atreviera a emitir opinión. Algunas personas de variada estirpe han encontrado cierta sensatez en esa censura, e incluso se ha podido leer y oír a actores políticos, analistas y ciudadanos advirtiendo que no van a pronunciarse sobre el contenido de la ley hasta no haber completado una lectura detallada del proyecto.

Quiero advertir que esa sanción a la crítica por apresurada es una trampa pletórica de cinismo. Busca mitigar las expresiones de rechazo y se vale de la característica más reprobable de un proyecto profundamente autoritario: su urgencia. Justamente este proyecto está hecho para que no dé el tiempo de leerlo, para que el análisis racional no pueda producirse, para que el estudio cuidadoso sea irrealizable. Los tipos son capaces de mandar la enciclopedia británica en carácter de urgente consideración y después hacer pamento porque la gente lo reprueba in limine.

Si el presidente electo hubiese tenido alguna intención de que el debate informado, social y parlamentario, se produjera, no hubiese propuesto una ley de más de 450 artículos, que además remiten a diversos códigos y a otras tantas leyes, extendiendo su impacto sobre amplios tramos de la legislación vigente, para ser aprobado en noventa días. Si lo hizo así, aún cuando es notable la falta de urgencia de la inmensa mayoría de sus disposiciones, es para que no pueda discutirse, para que salga como pelotazo en medio de la campaña de las municipales, cuando la atención de la ciudadanía y de la militancia política esté, forzosamente, en otra parte.

Dicho esto, ¿cómo se aborda este mamotreto? En mi opinión, hay varios trabajos que deben hacerse en simultáneo. En primer lugar, hay que intentar sacar de la ley todo aquello cuya urgencia no es tal y no se justifica. La urgencia no es un comodín con el que cuenta el presidente para saltearse los tiempos constitucionales de discusión de leyes. Y si lo es, si por las flaquezas de la propia legislación se convierte en un instrumento discrecional del Poder Ejecutivo para mandar lo que se le cante y que se apruebe por defecto en tiempo récord, entonces hay que pensar en modificar el alcance del concepto de urgencia y regular con precisión los supuestos que permitan su declaración. En segundo lugar, hay que hacer el esfuerzo por limar los aspectos más dañinos de la ley, partiendo de la base de que es una ley de derecha, escrita por la derecha y para beneficio de los intereses que defiende la derecha y no otra cosa. No es ni por asomo una ley con buenas intenciones y malas formulaciones. Es una ley con intenciones terribles y una redacción que le hace honor a sus propósitos aviesos. Es una mal ley para hacer el bien, porque es una buena ley para hacer mal. Por último, hay que estudiar y difundir el contenido del articulado para que toda la sociedad tenga idea de la trama, y esta tarea no se agota el día que la ley se apruebe en el Parlamento o la promulgue el presidente, deberá continuar hasta que se la someta a referéndum, que es el destino inevitable de esta verdadera infamia que hoy se cierne como amenaza, pero cuya derrota se convertirá en una lección ejemplar para que nunca más nadie se atreva a estirar la Constitución como un chicle y gobernar de prepo.

Es evidente que la Ley de Urgente Consideración se enmarca en un apuesta estratégica cuidadosamente planificada por Lacalle Pou para poder implementar una restauración sobre la base de una coalición inestable. Como toda apuesta conlleva un riesgo que habrán medido, pero ni el más preclaro de los augures puede anticipar con infalible precisión el paso de la historia. Si la ley se aprueba en el Parlamento, como es harto probable, con cambios o sin ellos, matizada o en su variante más feroz, penderá sobre ella la posibilidad cierta de la derogación popular, lo que puede llevarlo, como mucho, a una confirmación temporaria, si la ley pasa la prueba de las urnas, mientras que si no lo hace, será la derrota total de su proyecto por un tiempo seguramente largo. Así como lo experimentó su padre.

 

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