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LUC |

La LUC y la nueva concepción de la seguridad

Uno de los aspectos más controversiales de la LUC fue el referido a la concepción de la seguridad ciudadana, con la qué, según afirmaron varios senadores opositores, se consolida un sesgo fuertemente punitivista y de criminalización de la protesta.

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En el día de ayer, varios senadores del FA (entre ellos, Enrique Rubio, José Carlos Mahía y Daniel Olesker) se refirieron al desacuerdo con varios puntos del proyecto aprobado, que cambia radicalmente el concepto de seguridad que se había aprobado por consenso a partir de la Ley de Seguridad Ciudadana, de 1995, resaltando su impronta «punitiva».

El énfasis además se puso en que se pasa de una política de Estado (aprobada por todo el sistema político) a una concepción de partido (o de coalición) que resta derechos a la ciudadanía y da poderes discrecionales a los cuerpos policiales. Esa concepción está contenida ya en el artículo 1º del proyecto, pero se pormenoriza en el artículo 11º, en el que se mencionan las potestades de la policía, entre ellas la institución de la «presunción de legítima defensa», del «agravio a la autoridad», del acortamiento de los plazos otorgados a la fiscalía, el endurecimiento de las penas (sin tener en cuenta el desborde que ya tiene el sistema carcelario) y la obligatoriedad del uso del documento de identidad.

Se trata de un combo de artículos que crea el caldo de cultivo para el abuso de la autoridad y para un desbalance entre el control de la seguridad pública y la preservación de los derechos de los ciudadanos, que además de tener un sesgo punitivista crea un ambiente propicio para la criminalización de la protesta.

Tan alarmante como eso es la modificación del artículo 125, referido al manejo de la Secretaría Nacional de Inteligencia del Estado, cuyas actuaciones y archivos, además de ser secretos, serán manejados por el Director dela Secretaría de Inteligencia del Estado, y sólo se podrá acceder a ellos por resolución fundada del presidente de la República.

La modificación de este artículo cambia toda la lógica de la Inteligencia del Estado y deja por fuera nada menos que al Poder Judicial, al que le estará vedado acceder a los archivos de Inteligencia.

Son sólo algunos aspectos de los que se denominó el «nuevo punitivismos», sobre el que ya ha dado la voz de alerta la Cátedra de Derecho Penal de la Udelar y que «corre por derechas» al propio José Irureta Goyena, redactor del Código Penal de 1934, que no se caracterizaba precisamente por ser un liberal.

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