El Poder Ejecutivo decidió, una vez más, aumentar la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación, lo que implicará una aumento del mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Con esta decisión el mínimo no imponible pasará de 21.364 pesos a 23.380 pesos. Esto implica que no pagarán este impuesto los trabajadores que tengan un salario nominal inferior a 33.100 pesos. El IRPF es un impuesto progresional, por lo que cuando una persona supera el mínimo no imponible y pasa de franja, sólo paga el 10% de la diferencia entre el monto y el mínimo no imponible. Según informó el diario El País, el decreto aún no fue firmado, pero el gobierno decidió que la BPC se ajuste “por el 100%” de la suba anual del Índice de Precios del Consumo (IPC) de 2015, que fue de 9,44%. De esta forma, la BPC se elevará de 3.052 pesos a 3.340 pesos, a partir del 1° de enero de este año. La norma establece que el mínimo no imponible de IRPF equivale a siete BPC. Un informe del diario El Observador brinda detalles sobre cuanto pagarán los trabajadores a partir de estos cambios. Por ejemplo, un trabajador dependiente y sin hijos a cargo que percibe hasta 30.100 pesos mensuales nominales -sin considerar aguinaldo y salario vacacional- no pagará IRPF. Tampoco pagará este impuesto, un trabajador dependiente con un hijo a cargo, siempre que perciba mensualmente un salario nominal de hasta 33.500 pesos. El incremento alcanzará a todas las franjas de IRPF, ya que todas ellas tienen su base de cálculo en la BPC. Por tanto también se incrementará la segunda franja (entre siete y diez BPC, es decir, de 23.281 pesos a 33.400 pesos), que abarca al grueso de los asalariados que pagan el impuesto. Está franja se grava con el 10% del salario que supere el monto no imponible. La franja que más tributa (30%) es la de los salarios mayores de 384.100 pesos. El cambio de la BPC también supondrá un aumento en el mínimo no imponible que se aplica para la tributación por núcleo familiar. De esa forma, si los dos integrantes de una pareja reciben más de un salarió mínimo por mes, el monto no imponible de IRPF será de 46.759 pesos. En caso de que uno sólo de ellos cobre un salario mínimo o más, el monto no imponible será de 26.719 pesos. Asimismo, también esta suba también implicará un aumento de las deducciones que se pueden hacer por hijos a cargo. La misma aumentará de 3.306 pesos a 3.618 pesos por cada hijo menor de 18 años. En el caso de hijos a cargo con discapacidad (sin importar la edad), el beneficio subirá de 6.613 pesos a 7.237 pesos. El IASS también aumenta La decisión del Poder Ejecutivo también implicará un incremento en el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), que también se calcula por la BPC. En este sentido, a partir del 1º de enero, el mínimo no imponible del IASS aumentará de 24.416 pesos a 26.720 pesos (ocho BPC mensuales). Las personas que reciben pasividades inferiores a ese monto están exoneradas de pagar el tributo. Al igual que sucede con el IRPF, también se producirá un cambio en el resto de las franjas de este impuesto. De esta forma, el tramo entre 26.721 pesos y 50.100 pesos será gravado con un tasa de 10%, la franja entre 50.101 pesos a 167.000 pesos será gravada con el 20%, y el tramo de la pasividad que supere ese monto deberá abonar un 25%. También se ajustará la jubilación mínima, que beneficia a unos 110.000 pasivos. Esa prestación fue aumentada en julio de 2015 de 2,5 a 2,625 BPC, lo que equivalía a 8.012 pesos. A partir del 1º de enero, al decretar el ajuste de 9,44% en la BPC, esta prestación se ubicará en 8.768 pesos.
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