El fiscal de Homicidios, Juan Gómez, solicitó este martes, la formalización de una funcionaria policial (J.A.A.), como responsable de un delito de homicidio ultraintencional, como autora del disparo que le provocó el fallecimiento a Julio César Medeiros, de 53 años, un turista brasileño, que estaba de paseo por Uruguay y regresaría a su país horas después. El hecho ocurrió sobre las 21:10 horas del domingo 18 de marzo. En ese momento se produjo una rapiña en el supermercado Kinko, ubicado en las calles Tomás Diago y Jaime Zudáñez. Dos hombres ingresaron al local, redujeron a los funcionarios y sustrajeron dinero del comercio. Al fugar del lugar, los hombres se subieron a un taxi y se inició una persecución por parte de dos guardias de seguridad privada del negocio, a la que posteriormente se sumaron efectivos de Policía. Los hombres se bajaron del taxi e iniciaron la fuga a pie por la calle Gestido. Uno de los policías efectuó dos disparos disuasivos en dirección a una palmera. Uno de los ladrones intentó fugar por una calle; el otro intentó ingresar a una finca subiéndose a un vehículo y saltando, de forma de intentar escalar por las plantas del edificio. En esa circunstancia, la agente J.A.A., con su arma de reglamento Glock 9mm, efectuó dos disparos, con el propósito de detenerlo en su ascenso y eventualmente provocarle una lesión menor en sus miembros inferiores. “Sin embargo, uno de los proyectiles impactó en el muslo izquierdo de Julio César Medeiros, brasileño, quien estaba junto al ventanal cerrado del departamento ubicado en el primer piso (…) y que a consecuencia de la zona en que fue herido, falleció pocos minutos después”, señala el dictamen del fiscal Gómez, publicado en el portal web de la Fiscalía General de la Nación. La autopsia determinó que Medeiros “sufrió una herida transfixiante de arteria femoral, consignándose como causa de muerte la hipovolemia aguda”. En este marco, la pericia efectuada por Policía Científica reveló que el disparo fue producido por el arma de J.A.A., detalla el dictamen. “La afirmación precedente es amparada por los dichos de la imputada, la referencia de testigos, el estado emocional de la funcionaria, al darse cuenta de que su accionar, en definitiva, provocó la lesión grave de una persona y su ulterior muerte”. “En opinión de la Fiscalía, la conducta de la funcionaria policial, en apreciación provisoria, no puede ser amparada en alguna causa de justificación y revela falencias reprochables en un obrar profesional, dada la escasa distancia entre el blanco pretendido y su posición de tiro. Deviene evidente que la imputada pretendió herir a una persona y causó la muerte de otra ajena al suceso originario”, señaló Gómez. Por este motivo, el fiscal solicitó imputar a la policía por un delito de homicidio ultraintencional atenuado por la primariedad y la admisión parcial de los hechos. En este sentido, el fiscal desistió de pedir una medida cautelar de privación de libertad para la funcionaria. En contrario, solicitó una medida sustituta a la prisión, que implica la obligación de fijar domicilio y no modificarlo sin previo aviso al tribunal. Asimismo, solicitó al Ministerio del Interior que la policía cumpla tareas administrativas que no impliquen el uso de armas de fuego mientras se sustancia el proceso penal en su contra.
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