Mantener distancia y mínima circulación en espacios públicos
La Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental se instaló en nuestro país en el año 2018, en el marco de la nueva Ley de Salud Mental, del año anterior (ley No. 19.529).
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La Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental se instaló en nuestro país en el año 2018, en el marco de la nueva Ley de Salud Mental, del año anterior (ley No. 19.529).
Se trata de un equipo multidisciplinario que, entre sus objetivos, se incluye supervisar las condiciones de las personas internadas por problemas de salud mental, controlar que las hospitalizaciones no se prolonguen más del plazo requerido por las terapias e informar sobre la normativa vigente en cuanto a los derechos de las personas con trastornos.
La misma está integrada por profesionales de la salud y de las universidades, representantes del MSP, de los usuarios y sus familiares.
Atendiendo a esas funciones y en el marco de la situación de emergencia sanitaria han emitido un comunicado de prensa exhortando al mantenimiento de las medidas dispuestas de distancia social y la no circulación innecesaria de personas por los espacios públicos.
En el mismo se recuerda a la población que en caso de necesitar realizar alguna denuncia sobre vulneraciones de derechos ante la comisión, las mismas deberán realizarse a través de la página web: https://www.gub.uy/tramites/denuncia-atencion-salud-mental
Como se señala en dicha página, algunas de las situaciones de denuncias pueden referirse a: «Condiciones de personas hospitalizadas por problemas de salud mental, condiciones en que se encuentran las personas con problemas de salud mental que viven en dispositivos residenciales, públicos o privados, funcionamiento de los servicios de salud mental, vulneración de los derechos de las personas en procesos de declaración de incapacidad e inimputabilidad, vulneración de derechos de personas con declaración de incapacidad por razones de discapacidad psíquica, vulneración de derechos de personas con trastornos mentales o discapacidad psíquica que transcurre un proceso penal, vulneración de cualquiera de los derechos enunciados en la ley 19529 en cualquier ámbito».
Las denuncias pueden ser realizadas por todos aquellos/as usuarios/as del sistema de salud o de los servicios de apoyo social, sus familiares, actores involucrados en el proceso de atención y cualquier persona que haya tenido conocimiento directo de la situación.