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La Revista | Álvarez | Fiscalía | violación grupal

Violación grupal en Cordón

Medidas cautelares para Álvarez pasarán a fiscalía penal

También está previsto que Álvarez declare ante la fiscalía de 6º turno por la difusión de los audios.

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La resolución de la Justicia de Familia que confirmó las medidas cautelares al conductor Ignacio Álvarez de no acercamiento a la víctima de la violación grupal denunciada en el barrio Cordón será trasladada a la fiscalía penal que entiende en la investigación iniciada contra el conductor del programa radial La Pecera, de Azul FM.

Así lo confirmó la fiscal de Delitos Sexuales Alicia Ghione a Caras y Caretas. La fiscal indaga la difusión de los audios parciales que registraron parte de los hechos ocurridos el 23 de enero pasado.

Ghione subroga la fiscalía de 6º turno en la que Álvarez está investigado desde febrero por difusión de audios parciales de la violación grupal.

Ghione dijo que la investigación es una más de los 960 casos que tiene en carpeta y que es por ello que la indagatoria continúa. Las medidas cautelares dictadas en el juzgado de familia seguramente serán remitidas “en un testimonio a nuestra fiscalía”, donde se dirimirá la formalización del periodista si es que corresponde en el caso que se decida que la difusión sin consentimiento de los audios con contenido íntimo constituyó un delito”.

Ghione agregó a Caras y Caretas que en casos de violencia doméstica “hay dos causas paralelas, una en penal y otra en la Justicia de familia. Las medidas cautelares dispuestas en el marco de la investigación a Ignacio Álvarez serán utilizadas por la fiscal Ghione en su indagatoria sobre la difusión de los audios una vez que defina si se formaliza o no a Álvarez por el delito investigado en el órbita penal”.

También está previsto que Álvarez declare ante la fiscalía de 6º turno por la difusión de los audios.

El periodista de Azul FM tiene prohibición de acercamiento, relacionamiento y de comunicación con la denunciante, su hermana y una amiga por un plazo de 180 días. Álvarez quiso acercarse luego de que el 1º de febrero pasado divulgara sin consentimiento los audios parciales del hecho ocurrido en el barrio Cordón y por eso no podrá contactarse por ninguna vía hasta el próximo 22 de agosto.

Álvarez preguntó a la Justicia cuál es el fundamento del mantenimiento de las medidas cautelares y el Tribunal de Apelaciones de Familia respondió confirmándolas basándose en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y con base en el artículo tercero de la Convención de Belem Do Pará, que reconoce que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.

La sentencia firmada por Eduardo Cavalli y la ministra Alicia Álvarez Martínez también se apoya en el artículo 1º de la Ley 19.580 que establece que el objeto de esa normativa es “garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género […]”.

El fallo indica que previo al programa radial en que el conductor Ignacio Álvarez reprodujera al aire los audios de videos de contenido sexual, sin autorización de la compareciente, la víctima recibió a través de Facebook varios mensajes del perfil Ignacio Álvarez Aguerre, lo que acreditó con captura de pantalla. Expuso que en la misma fecha, y con el mismo perfil, se comunicó con su amiga, que es la testigo principal de la investigación sobre abuso sexual especialmente agravado.

La denunciante dijo que Álvarez la dejó a ella y a la testigo en estado de inseguridad y riesgo permanente. Y agregó que el día 19 de febrero, luego de iniciada la investigación penal dispuesta tras la emisión de los audios parciales, el denunciado se comunicó desde su perfil de Instagram con la hermana de la víctima para manifestarle que él tiene “una forma de ayudarnos a todos para que esto termine de la mejor manera”.

Luego de su intento de contacto vía redes sociales, la víctima presentó una denuncia contra Álvarez y la Justicia de familia de primera instancia resolvió que “el conductor tiene un radio de exclusión de 500 metros por el plazo de 180 días a partir de la fecha de adopción de las medidas, oficiándose a la autoridad policial”, medidas resueltas en primera instancia y ahora confirmadas por el Tribunal de Apelaciones de Familia.

La denunciante solicitó que se mantengan las medidas porque “ya bastante daño me hizo esta persona al difundir los audios y comunicarse con mi familia, particularmente con mi hermana. Yo no quiero que Álvarez me llame más ni me busque ni nada. Yo la denuncia la hice a raíz del mensaje que Álvarez le envió a mi hermana”. Por su lado, el periodista indicó: “Yo me comprometo a cumplir las medidas impuestas”.

Además, relata la sentencia, “la mención en el primer mensaje enviado a la denunciante que se hablaría en la radio de su “caso”, el intento de comunicación ese mismo día con la testigo y la posterior comunicación con la hermana de la denunciante, luego de la divulgación de los audios íntimos sin su consentimiento, encuadran sin dificultad” en la definición de violencia psicológica o emocional.

Debe tenerse presente -sigue la sentencia- que el último mensaje implica infracción porque está prohibida “cualquier forma de mediación o conciliación en los procesos de protección”; esto porque Álvarez propuso arribar a un acuerdo. La sentencia del Tribunal de Apelaciones de Familia indica que la víctima vivió las acciones de Álvarez como una agresión “y si no quiere comunicarse con él, no se puede amparar el agravio del periodista sobre su derecho a seguir comunicándose con quien ya no quiere hablar con él, pues por disposición legal, el Estado uruguayo prioriza el derecho humano de la mujer a vivir una vida libre de violencia, es decir, a no tener que soportar actos que considera violentos, más allá de la intención del otro.”

Con respecto al asunto de fondo, la Justicia penal coincidió con el fiscal Raúl Iglesias en modificar la prisión preventiva que estaban cumpliendo los tres imputados por la violación grupal. Desde este miércoles cumplen prisión pero domiciliaria y de esa forma esperarán el resultado de su juicio.

Textos: Georgina Mayo

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