2) durante 10 días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con Covid-19 y sean sintomáticas;
3) durante 7 días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con Covid-19 y sean asintomáticas;
4) durante 10 días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con Covid-19, sean sintomáticas, obtengan resultado negativo de test de antígeno realizado al décimo día de diagnóstico de la enfermedad, y hayan permanecido las últimas 72 horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
5) durante 14, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con Covid-19, sean sintomáticas, no realicen el test de antígeno referido en el literal anterior y hayan cumplido las últimas 12 horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
6) durante 10 días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de 180 días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con Covid-19, sean asintomáticos.
CASOS ESPECIALES
En los casos de personas con inmunodepresión demostrada (inmunodeficiencia primaria o secundaria a enfermedades -VIH, linfopatías, etc- o a tratamientos (quimioterapia, inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo de aislamiento se podrá extender a 21 días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante, dice la ordenanza del MSP.
En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos o críticos, la extensión se podrá prolongar hasta los 28 días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante, agrega el MSP.