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Apelaciones confirmó que el MSP debe suministrar medicamento a Moratorio

El Tribunal de Apelaciones rechazó la apelación que había sido presentada por la cartera y ratificó el fallo en primera instancia en favor del científico.

El Tribunal de Apelaciones de 3º Turno confirmó la sentencia de primera instancia que condenaba al Ministerio de Salud Pública (MSP) a suministrar el medicamento de alto costo al científico Gonzalo Moratorio.

La apelación había sido presentada por la cartera, luego de que el 4 de mayo la Justicia accediera al recurso de amparo presentado por la defensa del científico.

La sentencia

"Entiende la Sala que el Estado, a través del Ministerio de Salud Pública (encargado de preservar la salud de los habitantes del país), está obligado constitucionalmente (art. 44 inc. 2 CN y múltiples Tratados de Derechos Humanos ratificados por el país que abordan la cuestión) y legalmente (Ley 9.202) a proteger el Derecho a la salud; a la vida; a una mejor calidad de vida; a una sobrevida digna, etc, de los habitantes del país. Y está asimismo obligado a asegurar a los pacientes carentes de recursos suficientes, los medios de prevención y asistencia necesarios", señala el fallo.

"La circunstancia de que el fármaco en cuestión no se encuentre registrado ante el M.S.P., no determina que deba negársele su suministro pues -como señala Van Rompaey-, en la ponderación entre los derechos constitucionales, principios y valores que están en juego, parece razonable concluir que la actuación judicial en la protección del derecho constitucional a la salud, no puede quedar supeditada a la satisfacción de requisitos reglamentarios o burocráticos", agrega el texto.

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