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Congreso de Intendentes aprobó reglamentación para monopatines eléctricos

Reglamentación de monopatines será de cumplimiento obligatorio en todo el país. Podrán ser usados a partir de los 14 años a una velocidad máxima de 25 km/h.

El Congreso de Intendentes aprobó la reglamentación del uso de monopatines eléctricos en todo el país. El registro no implica costo de patente, pero sí se deberá pagar un seguro, aseguró en rueda de prensa el presidente del Congreso de Intendentes, Carlos Enciso.

Detalles de la reglamentación

El intendente de Florida, mencionó que la aprobación de la regulación tendrá carácter obligatorio a nivel nacional.

Le da un marco al uso de los vehículos que tendrán como obligatorio un aporte mínimo como el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), sostuvo Enciso. "La idea no es de recaudación sino de ordenar", indicó el "Pájaro".

Entre las disposiciones, Enciso dijo que ya no se podrá circular dos personas juntas en un mismo monopatín.

La persona deberá llevar casco protector y chaleco reflexivo.

El uso estará autorizado a partir de los 14 años.

En el caso de los usuario menores de 18 años, estos deberán tener una autorización firmada por sus padres o tutores.

Registro de monopatines

El Sistema Único de Cobros de Ingresos Vehiculares (Sucive) tendrá el registro de los vehículos de movilidad personal, en los que se incluyen los monopatines.

Podrán transitar por la vía pública, cumpliendo la reglamentación de la seguridad vial.

El coordinador del Sucive, César García, indicó que la velocidad máxima de circulación será de 25 kilómetros por hora.

El vehículo deberá contar con luces laterales, frontales y traseras.

Deberá contar con un tag que identificará al conductor habilitado para circular.

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