Votarán todos los estudiantes que "hubiesen rendido al menos un examen o ganado un curso en los dos años anteriores al de la elección o en lo que haya transcurrido del año en que la elección se efectúa y aquellos que, habiendo aprobado el ciclo anterior, hubiesen ingresado en ese año, estuviesen matriculados y no hubiesen perdido sus cursos", según el reglamento.
Por su parte votarán los docentes que "tengan en tal calidad una antigüedad de un año por lo menos a la fecha de la elección (artículo 39 de la ley Nº 15.739). Los docentes pertenecientes a unidades universitarias asociadas a una Facultad o que participen en actividades que involucran a más de un servicio universitario y que cumplan las condiciones habilitantes, podrán optar antes de la fecha de cierre de los padrones, por el servicio asociado en el cual efectuarán su participación como elector y elegible. Si no optaran, serán incluidos en el padrón del servicio de acuerdo a la designación de su Consejo".
También lo harán los egresados: aquellos que "figuren en los registros con título expedido por la Universidad de la República, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo final del literal a). Se eliminará del padrón a los egresados que se encuentren privados del ejercicio profesional, por vía de sanción penal o administrativa", señala el reglamento.
Estudiantes, egresados y docentes de la Universidad de la República (Udelar) deben votar, obligatoriamente, salvo las Bellas Artes e Información y Comunicación, todas las facultades elegirán a los integrantes de sus consejos. Este año no está habilitado el voto interdepartamental.
Para los mayores de 75 años, aunque integren el padrón, el voto no es obligatorio. El listado de habilitados se puede consultar en la página de la Corte Electoral, www.corteelectoral.gub.uy.