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Cambios en el régimen de compras web en el exterior en Uruguay

Uno de los cambios más destacados es la ampliación de la franquicia anual, que pasa de USD 200 a un total de USD 800 por persona.

La entrada en vigencia del Decreto N.º 50/026, a partir del 1° de mayo de 2026, introduce cambios relevantes en el régimen de compras web en el exterior en Uruguay, generando tanto expectativas como cuestionamientos entre usuarios, empresas de courier y especialistas en materia tributaria. La normativa, que reglamenta la Ley N.º 20.446, modifica sustancialmente el esquema de franquicias vigente hasta el momento, con el objetivo de actualizar el sistema y, según el espíritu de la medida, mejorar la equidad frente al comercio local.

Uno de los cambios más destacados es la ampliación de la franquicia anual, que pasa de USD 200 a un total de USD 800 por persona. Este monto puede utilizarse en hasta tres envíos anuales, manteniéndose el límite de 20 kg por paquete. A primera vista, este aumento podría interpretarse como una flexibilización del régimen. Sin embargo, la incorporación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 22% para la mayoría de las compras bajo franquicia introduce un cambio de fondo: el sistema deja de ser plenamente libre de tributos para pequeños envíos.

En este nuevo esquema, las compras provenientes de países sin acuerdos específicos —como China— quedan gravadas con IVA, mientras que en el caso de Estados Unidos se prevén excepciones en el marco del acuerdo TIFA, aunque su aplicación práctica ha generado dudas. Asimismo, se mantiene vigente el régimen simplificado para importaciones de hasta USD 800, que permite ingresar productos mediante el pago de una tasa única del 60%, sin utilizar la franquicia.

A pesar de la ampliación del cupo, las críticas no se han hecho esperar. Uno de los principales cuestionamientos refiere justamente a la aplicación del IVA a compras de bajo valor, lo que elimina el principal atractivo del régimen anterior y encarece significativamente productos adquiridos en plataformas internacionales. En este sentido, usuarios y operadores señalan que el nuevo sistema puede desincentivar el consumo en el exterior, especialmente en segmentos donde la diferencia de precio era determinante.

Por otro lado, las empresas de courier advierten sobre un aumento en la complejidad operativa. La normativa introduce mayores exigencias administrativas, incluyendo requisitos de registro y control que podrían traducirse en mayores costos logísticos y demoras en los procesos. Esta “carga burocrática” es percibida como una traba adicional al comercio electrónico internacional, afectando la agilidad que caracteriza a este tipo de operaciones.

Otro punto de controversia es el tratamiento de las compras realizadas desde Estados Unidos. Si bien existen acuerdos que deberían evitar la doble imposición, algunos operadores alertan que, en la práctica, estas compras podrían verse alcanzadas por el IVA o por nuevas exigencias, generando incertidumbre en el mercado.

Desde el punto de vista técnico, también se ha cuestionado la decisión de computar las compras realizadas desde el 1° de enero de 2026 dentro del nuevo cupo anual, pese a que la normativa entra en vigencia recién en mayo. Este aspecto ha generado confusión y malestar entre los usuarios, que no contaban con esta regla al momento de realizar sus compras.

En términos más amplios, persiste el debate sobre el impacto real de la medida. Mientras que desde el gobierno se plantea como una herramienta para equilibrar la competencia con el comercio local, distintos actores señalan que podría terminar trasladando el costo al consumidor final sin necesariamente fortalecer a los comercios nacionales.

La nueva normativa configura un cambio estructural en el régimen de compras web en Uruguay. Si bien amplía el margen nominal de consumo en el exterior, introduce una mayor carga impositiva y complejidad operativa que redefine los incentivos del sistema. El desafío hacia adelante será evaluar si logra efectivamente equilibrar la competencia o si, por el contrario, termina restringiendo el acceso de los consumidores a bienes internacionales en un contexto de creciente digitalización del comercio.

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