Concretamente, lo que piden desde la Junta es que se investigue la incursión de Lust como representante de terceros en su accionar ante las Juntas Departamentales de Durazno, Florida y Canelones, violando el inciso dos del artículo 124. Incluso, en el expediente se indica que el cabildante solicitó el pasado 29 de junio de 2020 la renuncia como uno de los representantes del grupo de vecinos de Canelones y Juanicó que presentó ante la junta la iniciativa que surge del artículo 305 de la Constitución.
La junta pide que se remita esta denuncia a la Cámara de Representantes y que se determine o no si Lust «incurrió en la figura descripta en el inciso 2 del artículo 124 de la Constitución de la República».
La única forma de destituir al cabildante de su cargo sería realizándole un juicio político y que no perdería la banca instantáneamente. El proceso iniciaría en la Cámara de Representantes con una acusación de violar la Constitución. En caso de que se apruebe, se envía al Senado y allí se juzgará a legislador. En caso de que se consigan dos tercios de los votos, será destituido.