El artículo 12.2 del Código Disciplinario por el que se decidió accionar en este tema, establece: “Si en el transcurso de un partido, los hinchas, socios o seguidores de un equipo, a través de actos injuriosos o manifestaciones agraviantes de indudable naturaleza colectiva atentaren contra la dignidad, credo, raza o color de piel de: jugadores, dirigentes, miembros de los cuerpos técnicos, o desplegaran pancartas con leyendas o inscripciones de contenido racista y/o que denigren al ser humano, se aplicará al club infractor, una multa que no podrá ser inferior a 50 (cincuenta) unidades reajustables, ni mayor a 300 (trescientas) unidades reajustables y/o la clausura de su campo de juego por el período de una fecha”.
De esta forma, la Comisión instruirá el caso y allí se determinará la sanción a la que será afectado el club negriazul por lo sucedido.
También referente a dicho partido se realizó una advertencia para los alcanza pelotas por “responsabilidad objetiva de los clubes”, y además el entrenador Jorge Bava recibió un partido de sanción tras su expulsión en el entretiempo por “protestas improcedentes”.