La destrucción del pasaporte de Astesiano
El martes 4 de octubre de 2022, el Ministerio de Relaciones Exteriores recibió un sobre cerrado con el oficio número 538/22 proveniente de la Polícía, específicamente de la Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional – Dirección General de Información e Inteligencia Policial – Departamento de Investigación e Inteligencia Criminal, con el pasaporte diplomático de Astesiano, que había sido incautado el 27 de setiembre, luego de que fuera imputado y formalizado por la Justicia por el delito continuado de suposición de estado civil en reiteración real y los delitos de asociación para delinquir y tráfico de influencias. El pasaporte fue destruido (“anulado físicamente”) el mismo día que llegó al ministerio y el número de pasaporte fue dado de baja del sistema informático del Estado.
Cambios en la normativa
En la respuesta al pedido de información, la Cancillería advierte que “ha instruido a sus servicios competentes a identificar y proponer mejoras al decreto” (…) “con el objetivo de fortalecer las condiciones de seguridad de dicho documento de viaje”, pero también intenta justificar la irregularidad de la emisión de este documento en que “ha sido práctica habitual del Poder Ejecutivo, siempre ajustada al marco normativo que regula la materia, solicitar pasaportes diplomáticos u oficiales al personal de seguridad que acompaña a los mandatarios en misiones oficiales al exterior del país”. Para demostrar esta afirmación, en la respuesta a nuestro pedido de acceso a la información el Ministerio revela con nombres y apellidos que integrantes de la seguridad de Tabaré Vázquez y de José Mujica contaron con pasaportes diplomáticos u oficiales. Sin embargo, la respuesta no aclara debidamente que todos los pasaportes diplomáticos otorgados a custodios de los mandatarios tanto en los períodos de Mujica como en el de Vázquez se hicieron de acuerdo a otra regulación, comprendida en el decreto 021 de 2010, que establecía que el Poder Ejecutivo podía emitir ese tipo de pasaportes a cualquier ciudadano uruguayo, cuando a su juicio existieran razones, sin necesidad de fundamentarlo debidamente (como exige el decreto vigente actual) y aún sin necesidad de que los beneficiarios viajaran en “misión oficial”. Esta enorme discrecionalidad cayó cuando se publicó en el diario Oficial el decreto 236/015 el 15 de setiembre de 2015 que sustituyó el texto por el artículo 13 ya citado que continúa presente en la actualidad en el decreto de 2018 y que está vigente regulando actualmente la materia.
Por ultimo cabe señalar que es bastante evidente que Alejandro Astesiano, exjefe de la seguridad del presidente, no era un perejil (ningún perejil tiene pasaporte diplomático), y subrayar que no podría haber obtenido el pasaporte oficial (que, en todo caso, era el que correspondía a su función), porque debía presentar los antecedentes penales que el presidente decía desconocer. Al margen de todo esto, también resulta claro que Astesiano usaba este pasaporte diplomático en misiones no oficiales, como cuando acompañó al presidente a sus vacaciones privadas en Costa Rica, luego de cuyo retorno fue detenido. Y no debe soslayarse que el exjefe de Seguridad de Presidencia parecía dominar muy bien los vericuetos de la emisión de estos pasaportes tan privilegiados, toda vez que en sus chats revelados por La Diaria el 28 de octubre de 2022, el “Fibra” sugiere que también puede encargarse de la emisión de pasaportes diplomáticos con información falsa si esto fuera necesario.