Las inscripciones se realizarán a través del correo electrónico mejora.vivienda@imm.gub.uy, del 9 al 20 de agosto de 2021.
La IM aclara que los beneficiarios de los préstamos, deberán ser “propietarios, prominentes compradores con promesas inscriptas, y poseedoras de derechos sucesorios, con ingresos por núcleo familiar de entre 30 y 100 unidades reajustables”. También estarán habilitadas las personas usufructuarias o arrendatarias de un inmueble.
Tipos de vivienda
Los préstamos serán de dos tipos. Para viviendas de propiedad común o para edificios de propiedad horizontal.
En el primer caso, las obras podrán consistir en “refacción o reforma de baños y cocinas, impermeabilización de azoteas, reparación o sustitución de pisos, pintura y revoques, conexiones al saneamiento y limpieza, recuperación y pintura de fachadas”.
En edificios de propiedad horizontal, el trabajo de refacción deberá estar enfocado “en el mejoramiento y reparación de las áreas comunes (escaleras, corredores, azoteas, cajas de ascensores, pozos de aire), limpieza, recuperación y pintura de fachadas”.
Montos
También variarán los montos de acuerdo al tipo de propiedad a que estén destinados los préstamos. En viviendas de propiedad común, los préstamos pueden llegar hasta los $198.000, “reembolsables en un máximo de 60 cuotas sin intereses, reajustable cada cuatro meses por IPC”.
Para obras de fachadas, la Intendencia podrá conceder un subsidio, es decir una donación, “de hasta el 30% del monto a devolver”.
En el caso de edificios de propiedad horizontal, el préstamos puede alcanzar los $1.163.000, con un tope de $155.000 por unidad de vivienda.
En este caso, también podrá otorgarse un subsidio exclusivo para obras de fachadas. El mismo será de hasta 15% del monto a devolver.