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Justicia española rechazó extradición de Fleming Gallo

Formó parte de la Unión de Juventudes Comunistas hasta su detención en 1979, en plena dictadura. Está acusado de haberse convertido en colaborador de los aparatos represivos del régimen militar y de haber participado en la delación, identificación y tortura de ex compañeros de militancia.

La Justicia de España rechazó la extradición del uruguayo Fleming Gallo, quien está acusado de torturas y delitos de lesa humanidad en nuestro país, cometidos durante la última dictadura contra militantes de izquierda.

Sobre finales de noviembre pasado, la Fiscalía española se había pronunciado contra la extradición, bajo el argumento de que los crímenes cometidos por Gallo habían prescritos.

Según la Fiscalía, el delito de lesa humanidad, de carácter imprescriptible, entró en vigencia en España en 2004 y los crímenes de Gallo fueron documentados hasta 1979, por lo que no aplicaría el principio de irretroactividad de la ley penal.

Los últimos días de febrero, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, fue notificado de la decisión de la Justicia española, según informó TV Ciudad.

De acuerdo a la información divulgada por la diaria, la defensa de Gallo estudia demandar al Estado uruguayo por el tiempo que estuvo en prisión preventiva, a la espera de enfrentar el proceso de extradición. El represor fue detenido en el mes de abril de 2021.

¿Quién es Fleming Gallo?

Fleming Julio Gallo Sconamiglio fue militante de la Unión de Juventudes Comunistas, hasta que fue detenido en el año 1976, en plena dictadura cívico-militar. A partir de allí se convirtió en delator y torturador, y formó parte del cuerpo de Fusileros Navales (Fusna) de la Armada Nacional.

Integró un grupo de tareas denominado “La computadora”, según se desprende de la sentencia por la cual fueron condenados Gregorio Alvarez y Juan Carlos Larcebeau por más de 30 homicidios especialmente agravados.

Dicho grupo funcionó dentro de la estructura de Inteligencia (S2) del Fusna, con el objetivo de procesar la información surgida de operativos y actas de interrogatorios bajo tortura.

En la sentencia citada anteriormente, se establece que en este grupo “participaron activamente los detenidos Fleming Julio Gallo Sconamiglio y Roberto Patrone Belderrain, los que ordenaban la información, confeccionaban fichas de cada detenido o requerido, mecanografiaban y también interrogaban y salían al exterior a colaborar en procedimientos. Tenían cierta autonomía para manejarse y sometían tanto a hombres como mujeres detenidos a tratos degradantes”.

Gallo también fue mencionado en al menos tres causas judiciales por delitos de lesa humanidad, en las que se lo señala como partícipe de la identificación de sus ex compañeros y compañeras de militancia, llegando incluso a torturarlos.

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