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Lavandería clausurada: las nuevas normas contra el lavado

El titular de la Senaclaft, Daniel Espinosa, afirmó que uno de los principales riesgos en Uruguay es el ingreso de fondos ilícitos desde el exterior vinculados con organizaciones criminales, algo que puede afectar a las propias instituciones del país. Para evitar esto, se debe actualizar la normativa en materia de combate al lavado de activos.

El lavado de activos implica el ocultamiento, la administración o la conversión del dinero o los bienes producidos por una actividad ilícita de forma de introducirlos al sistema legal. Para proceder al lavado de activos se suele conformar un entramado de operaciones económicas, financieras o jurídicas. Se trata, en esencia, de un delito estrechamente vinculado con el crimen organizado. Por este motivo, Uruguay debe aprobar un paquete de reformas legislativas para incrementar los controles sobre este tipo de actividades y evitar los riesgos que conllevan estas prácticas para la instituciones, afirmó el titular de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), Daniel Espinosa, en diálogo con Caras y Caretas. Entre este sentido, Espinosa –quien asumió el cargo tras el fallecimiento del licenciado Carlos Díaz Fraga– planteó la necesidad de tipificar el delito fiscal como delito precedente de lavado de activos, en línea con los nuevos estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y la consagración de las asociaciones civiles (clubes deportivos, organizaciones religiosas y partidos políticos) como sujetos obligados de realizar Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS). Pero además, el proyecto de ley –elaborado por una comisión interinstitucional, hoy a estudio del Parlamento– plantea definir como sujetos obligados a los administradores o vendedores de sociedades anónimas, un sector considerado de riesgo, en virtud de las últimas investigaciones sobre casos de corrupción en los países de la región.   Riesgos internos y externos La segunda Evaluación Nacional de Riesgos en materia de lavado de activos y financiamiento al terrorismo determinó que la principal amenaza que se cierne sobre Uruguay refiere al posible ingreso de fondos ilícitos desde el exterior asociados con delitos de narcotráfico, de corrupción o delitos fiscales. “Ese es un gran riesgo”, afirmó Espinosa a Caras y Caretas. Sin embargo, también se identificaron riesgos internos. “A nivel local, las principales amenazas son el narcotráfico y el contrabando, que serían los [delitos] más significativos, y los delitos fiscales propios, o sea, la defraudación fiscal interna –en la medida que eso se considere como delito precedente–. Después hay otros delitos, como estafa y la trata de personas –que es un delito importante, que aunque no mueva un nivel significativo de fondos, es un tema que a Uruguay le incumbe–”. Estos delitos originados en Uruguay no pueden considerarse en un plano secundario, porque “si agrupamos todos los delitos locales, podríamos decir que es 50% y 50%. Pero la amenaza externa es importantísima”. Años atrás, una serie de investigaciones policiales y judiciales permitió desbaratar grandes organizaciones internacionales que utilizaban la plaza uruguaya para blanquear capitales. En su mayoría, se trataba de organizaciones vinculadas al narcotráfico. Hace dos o tres años que este tipo de grupos no se detectan. Pero, en 2016, las autoridades detuvieron en Uruguay a Gerardo González Valencia, hermano del líder de “Los Cuinis”, uno de los carteles más importantes de México. “No se constató que lavara demasiado dinero en Uruguay, en realidad estaba viviendo acá [en Punta del Este]. No tenemos constancia de que en este momento haya un flujo importante de fondos de carteles internacionales. Pero siempre hay que estar atento porque Uruguay es una plaza tranquila, con buenos servicios financieros y societarios, incluso para vivir. Es una amenaza a la que hay que estar atentos”, afirmó Espinosa. A esto se le suma la mención de sociedades uruguayas en diversas investigaciones sobre actos de corrupción en países de la región. “Hemos tenido casos vinculados al Lava Jato; hay por lo menos dos casos judiciales, uno vinculado al gobernador de Río de Janeiro [Sergio Cabral] y otro relacionado con la investigación del juez Sergio Moro en Curitiba. Esos casos se están investigando. Ahí se puede detectar el uso de cuentas bancarias y de sociedades uruguayas. Ese es un tema recurrente y está identificado como amenaza, sobre todo si le agregamos el delito fiscal”, valoró Espinosa. Sobre el hecho de que parte de las transacciones ilícitas de presuntos casos de corrupción en otros países de la región terminen teniendo un nexo con Uruguay, el experto señaló: “Es parte de un rol que ha cumplido Uruguay durante muchos años. En Uruguay hay un sistema financiero muy activo, muy seguro, y una legislación estable, que ofrece seguridad y un buen servicio. También tenemos servicios profesionales muy buenos y eficientes. Y por eso somos utilizados para bien, pero también para mal. Esta es la parte que tenemos que combatir”, contestó Espinosa. El jerarca explicó que la legislación actual tiene “ciertas indefiniciones en cuanto a los servicios prestados” por los estudios jurídicos o profesionales dedicados a la venta y administración de sociedades anónimas. “El proyecto de ley que proponemos detallará mejor todo lo referido a cuando se ponen directores nominales y ese tipo de servicios que se prestan; hoy no están reglamentados y no está clara qué obligación tiene que cumplir. Por ejemplo, hay personas que están en 100 sociedades y normalmente no pasaba nada con esa persona, porque no está claro cuál es su obligación en materia de debida diligencia en clientes y prevención de lavado. Queremos atender eso para achicar el riesgo que hay por ese lado”, aseveró Espinosa.   Los servicios uruguayos La consagración de contadores y abogados como sujetos obligados generó una dura reacción de parte de los gremios de profesionales. Estos alegaron que el proyecto era inconstitucional porque los obligaba a denunciar a sus propios clientes en franca violación al secreto profesional y al derecho de defensa. Finalmente, tras una reunión entre la Senaclaft y los gremios, se llegó a un acuerdo para modificar la redacción del proyecto de ley y clarificar la norma. “La intención del Poder Ejecutivo nunca fue ir contra el secreto profesional ni sobre el derecho de defensa de las personas, entendido en casos penales, administrativos, contractuales y otros tipos de litigios”. Desde la Senaclaft considera que el texto original establecía la protección del secreto profesional en el derecho de defensa, pero ante las reservas presentadas por el Colegio de Abogados, el Colegio de Contadores y la Asociación de Escribanos, se procuró una modificación consensuada, que se logró. “El objetivo del proyecto es distinguir las funciones: una cosa es el derecho de defensa y otra cosa es que un abogado, escribano o contador asesore o participe en un negocio, vendiendo o administrando una sociedad. Ahí si opera la obligación del reporte; ahí no está defendiendo a un cliente, sino que está en la operativa del negocio […] Una cosa es el abogado operando como defensor y otra es operando como vendedor de sociedades. Son cosas distintas. El derecho de defensa no está jugando. Puede ser abogado, contador, escribano o cualquier persona que se dedique a vender sociedades aunque no sea profesional”, expresó Espinosa. En este sentido, las últimas investigaciones sobre casos de corrupción en países de la región y las revelaciones de los Panama papers dejaron en evidencia “la importancia del sector servicios en Uruguay, no sólo con sociedades uruguayas, sino con sociedades de otros países, porque se venden sociedades de todo tipo”, por lo que se determinó que este “es uno de los sectores de riesgo”. Por este motivo, la Senaclaft está trabajando en un comité con los Administradores de Sociedades para reconocer los riesgos del sector, reglamentarlos mejor y controlar y sancionar a quien incumpla la normativa. “¿Qué tenemos que hacer cuando aparece un sector vulnerable? Qué siga operando, por supuesto, porque es una vía válida de prestar servicios para negocios, pero pongámosle más controles, adecuados al riesgo que tiene”, señaló Espinosa.   Otros sujetos obligados En 2004, la Ley 17.835 creó la figura de “sujetos obligados a efectuar controles a sus clientes” para prevenir el blanqueo de capitales. La lista incluyó a las instituciones del sector financiero (bancos o casas de cambio) y del sector no financiero (casinos, inmobiliarias, empresas dedicas a prestar servicio de transferencia o envío de fondos o personas físicas o jurídicas dedicadas a la compra y venta de antigüedades, obras de artes y metales preciosos). Posteriormente, la lista se amplió hacia otros agentes: las zonas francas y sus usuarios, escribanos y rematadores. Ahora, el objetivo es incorporar a las asociaciones civiles. ¿Por qué? “A nivel internacional las asociaciones civiles u organizaciones sin fines de lucro han sido vinculadas, en muchos casos, con el financiamiento del terrorismo. Muchas organizaciones de tipo religioso o con ideologías extremas han sido identificadas [con estas prácticas]. Las asociaciones civiles en general tiene menos controles, no pagan impuestos, tienen ciertas excepciones, son organizaciones menos estructuradas. Ese menor control puede habilitar el financiamiento del terrorismo, pero también puede habilitar el lavado de activos”, señaló Espinosa. En Uruguay, este control incluiría a clubes deportivos, organizaciones religiosas y los partidos políticos. En este sentido, Espinosa afirmó que siempre se habla de los clubes deportivos como un canal para blanquear capitales, aunque en Uruguay no se hayan detectado casos. “En la medida que tengo una actividad que mueve mucho dinero, que no tiene muchos controles y que vende una mercadería que no tiene un precio claro –porque el valor de un futbolista es intangible–, existe un riesgo que se debe atender”. “Lo que hace el proyecto es poner a todos como sujetos obligados para poder pedirles información actualizada y, basados en eso, poder definir cuáles son las que tienen riesgo y cuáles no. Quiero repetir una frase de Carlos Díaz Fraga: ‘No quiero sacarle la copa de leche a un niño en un comedero de un barrio’. Esa [asociación civil] no nos preocupa. Pero tenemos que saber quiénes son, para poder separarlas y definir cuáles son las que tienen riesgo. Se habla de 10.000 asociaciones civiles; habrá 100 o 200 asociaciones de riesgo. Tenemos que encontrarlas, saber cuáles son”, expresó el jerarca.   Convencer para controlar El último informe de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central del Uruguay (BCU) señaló que en 2016 los sujetos obligados efectuaron 480 ROS, lo que representa un incremento de 32% en relación a los efectuados en 2015 (363). Sin embargo, el dato más relevante es que 87% proviene del sector financiero, particularmente los bancos. La baja cantidad de ROS en el sector no financiero es una de las preocupaciones de las autoridades. Ante esto, la Senaclaft mantiene reuniones periódicas con representantes del sector inmobiliario, de zonas francas, rematadores y casinos, entre otros, de forma de “bajar a tierra la normativa, transmitir la misión de la Senaclaft, recoger posibles inquietudes, porque si la normativa no está adecuada a la realidad económica del sector, no será bien aplicada”. “Esto es un proceso, lo viví hace diez años –cuando era gerente de la UIAF– en el sector financiero. Las instituciones se van acostumbrando a aplicar [los controles] y en la medida que todo el sector las aplica, se extiende”. El objetivo fundamental de la Senaclaft es intentar convencer a los sujetos obligados, y también a los clientes, de que estos controles no son una formalidad, ni un intento de molestar ni trancar la actividad. “Estamos combatiendo el crimen organizado. Es algo grave que debemos tratar de evitar y como el Estado no puede solo, pide a determinados sectores económicos que lo ayuden en esa tarea […] Se quiere prevenir que un González Valencia venga a vivir a Uruguay y termine aplicando su ley en Maldonado. Este tipo de cosas es un riesgo. En un país chico, y en un caso extremo, si viene una organización criminal importante o más de una, podemos llegar a tener problemas institucionales”, enfatizó.   Los delitos fiscales La tipificación del delito fiscal como delito precedente al lavado de activos implicaría un cambio sustancial en la investigación de estas causas. “Cambiaría el foco de la Justicia, la Fiscalía, el BCU y la Senaclaft. Ampliaría el ámbito de actuación de todos los organismos competentes, porque agrega una nueva franja, y bastante importante, sobre todo vinculándolo con el marco regional”, dijo Espinosa. Ese cambio en la actuación podría llegar, por ejemplo, a la investigación de los polémicos “pases puente”, por medio de los cuales futbolistas de renombre internacional son trasferidos hacia Europa desde cuadros menores de Uruguay en los que nunca llegaron a entrenar. “Ahí hay un riesgo, aunque más no sea un tema fiscal. En la medida que el delito fiscal sea precedente, ahí vamos a tener un riesgo de lavado de activos. No recuerdo casos judiciales que involucren clubes de fútbol, más allá de uno, vinculado con algunas transferencias de jugadores en Argentina, en que existió un pedido y se intervino una institución financiera, el Banco RBC, pero no terminó en nada concreto en Uruguay”. Espinosa afirmó que la ausencia del delito fiscal como precedente es una de las limitantes de la investigación de diversos casos que tienen su origen en evasiones al fisco. “Mucho de lo que aparece como ilícito, poco ético o que no está bien, termina en un tema fiscal y se maneja fuera del ámbito penal, salvo que haya una defraudación en Uruguay. Los casos vinculados con posible lavado de activos, la mayoría, han sido vinculados con delitos fiscales en el origen”, señaló. A esto se le suma cierta indefinición con respecto al sujeto que brinda el servicio de asesoría en Uruguay, ya que no está claro hasta dónde llega la responsabilidad de esa persona al no efectuar un control específico sobre el origen de los fondos. Eso cambiará con la nueva norma, ya que estas personas o estudios jurídicos deberán preocuparse por conocer a su cliente y su actividad. ¿Existe un imaginario en la sociedad sobre la impunidad para estas actividades? “Sí, siempre se manejó, pero era porque la legislación era permisiva. Estamos cambiando la visión de ese tipo de actuaciones profesionales […] Las SAFI fueron creadas en 1948 cuando en Argentina estaba Juan Domingo Perón, mucho antes de la idea del ‘Uruguay plaza financiera’. Uruguay tiene una tradición en cuanto a tolerar ese tipo de fondos o prestar ese tipo de servicios. Eso hay que cambiarlo. Se ha ido cambiando”. “Hoy hay mucho más convencimiento en cuanto a que tenemos que ser un país más transparente, dejar la opacidad. Ser un país que preste servicios, por supuesto, pero no que venda opacidad. Eso no se cambia de un día para el otro. En el sector financiero, en el sector societario, en todo. La sociedad está mucho más convencida y considera que no se juzga lo suficiente, pero las leyes no han acompañado. No hemos dado los pasos legislativos y reglamentarios para controlar mejor el problema, lo hemos tolerado. Queremos cambiar”, concluyó Espinosa.

A un año de los Panama papers
“En su momento hubo mucha publicidad del tema Panama papers, pero tener una sociedad en el exterior de por sí no es un ilícito. Para convertirlo en un ilícito hay que encontrar la ilegalidad, el delito precedente o los fondos vinculados con una actividad delictiva. Una sociedad en el exterior es una presunción de algo, pero puede haber muchos fondos o inmuebles de sociedades por motivos personales, familiares o de seguridad”, afirmó Daniel Espinosa.
 
Controles y sanciones
Daniel Espinosa dijo que el cumplimiento de las normas contra el lavado de activos requieren sensibilización, capacitación y control. “Las cosas entran por convencimiento, pero también por rigor”, afirmó. Por este motivo, la Senaclaft inició a mediados de 2016 una serie de inspecciones a sujetos obligados para certificar el cumplimiento de la norma. “En 2016 se realizaron 256 visitas –desde julio en adelante–, en 2017 llevamos –hasta el jueves 6 de julio– 144 visitas y pensamos hacer más de 500”. Esas visitas se realizaron en Montevideo, Maldonado y Colonia, pero se tiene previsto recorrer todo el país, señaló Espinosa a Caras y Caretas. Estas inspecciones detectaron fallas relevantes en los controles, “sobre todo en las primeras”. Sin embargo, todas las sanciones están en trámite, por lo que aún ninguna de estas se hizo efectiva. Además, Espinosa valoró que sobre fines de 2016 se llegó a un acuerdo con la Asociación de Escribanos (AEU) de no aplicar sanciones graves “de entrada”, a cambio de que la AEU efectuara cursos de capacitación. “Eso achicó la cantidad de sanciones. Casos de menor gravedad se solucionaron con una recomendación o una advertencia”, afirmó. Espinosa destacó que la AEU potenció los cursos de capacitación en todo el país.
 

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