El literal C del artículo 406 de la LUC se refiere a “llevar un registro de interesados en adoptar, ordenado cronológicamente según fecha de solicitud”, y se expresa que “la evaluación de los aspirantes para el ingreso a dicho registro no se podrá prolongar más allá de un plazo de 18 meses contados desde la manifestación de voluntad por escrito de los aspirantes realizada ante el INAU”.
Desde la oposición aseguraron que dicho artículo no se encuentra dentro de los 135 artículos que los promotores del referéndum pretenden anular.
El senador astorista José Carlos Mahía expresó que “cuando el gobierno habla de mentiras en la campaña para derogar los 135 de la LUC, en realidad habla de sus propias mentiras”.
“Dicen que se quiere derogar un artículo que no está dentro de los 135 que van a ir a referéndum”, dijo el legislador frenteamplista, quien indicó que el lema del gobierno es: “Si pasa, pasa, algo va a quedar”.