En la resolución se argumenta que “dada la evolución de la situación epidemiológica, diversos países de la región han adoptado al test de antígenos como técnica de diagnóstico alternativa a la técnica de biología molecular PCR-RT”.
A partir de la resolución ministerial, podrán ingresar a nuestro país “aquellas personas que acrediten el resultado negativo (..) mediante técnica de biología molecular PCR-RT o test de antígenos indistintamente, y sin perjuicio del cumplimiento del resto de los requisitos prevista en la normativa vigente”.