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Ordenamiento y sistematización

Vence en este mes la inscripción en registro de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos.

Daniel Espinosa, titular de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos, informó que las personas físicas o jurídicas obligadas a inscribirse en el registro de esta dependencia tienen plazo para hacerlo hasta el 18 de este mes.

Incluye a quienes actúan en casinos, inmobiliarias, proveedores de servicios societarios, intermediarios de obras de arte y joyas, así como algunos abogados y contadores.

La reglamentación de la ley aprobada en diciembre de 2017, obliga a una serie de actores a inscribirse en el registro de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo antes del 19 de este mes.

Espinosa explicó a la Secretaría de Comunicación Institucional que, según lo establecido en el artículo 13 de la ley, están obligados a inscribirse en el registro quienes participan en casinos, inmobiliarias, promotores inmobiliarios, empresas constructoras y otros intermediarios en transacciones que involucren inmuebles, así como intermediarios o mediadores en operaciones de compraventa de antigüedades, obras de arte, metales y piedras preciosas.

También tienen esa obligación los abogados que realicen operaciones detalladas en el literal C de la normativa, proveedores de servicios societarios, fideicomisos y personas físicas o jurídicas que realicen para sus clientes las actividades detalladas en el literal H, así como contadores y otras personas físicas o jurídicas que participen en las operaciones que se describen en el literal J.

El jerarca aclaró que entre los que nos están obligación a inscribirse están los escribanos, porque los datos de ellos son proporcionados por la Caja Notarial, los usuarios de Zona Franca, rematadores incluidos en el Registro Nacional de Rematadores, así como asociaciones civiles, fundaciones, partidos políticos, agrupaciones y cualquier organización sin fines de lucro.

De todos ellos se utilizará información proveniente de los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Educación y Cultura, indicó.

“El trámite de inscripción es muy sencillo, pues se realiza por Internet ingresando al portal de Trámites del Gobierno uruguayo y se requieren pocos datos”, explicó Espinosa, quien agregó que se prevén sanciones en caso de incumplimiento.

Si bien esta ley implica mayormente el ordenamiento y sistematización de la vasta normativa muchas veces dispersa en materia de prevención de lavado de activos, su importancia radica principalmente en que otorga jerarquía legal a ciertas disposiciones hasta ahora reglamentarias, y en que además de organizar las dependencias competentes en la materia y sus atribuciones, amplía el elenco de sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas del sector no financiero, así como las situaciones a reportar, y lo referente al derecho penal relacionado a esta materia.

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