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Política narcotráfico | Gómez |

Edil Gómez

El Partido Nacional corta por el hilo más fino y omite en su fallo el vínculo con el narcotráfico

La resolución que suspendió al Edil Gómez se centró de forma exclusiva en el uso indebido de fondos públicos, pasando por alto la falta de controles sobre asesores vinculados a delitos graves como el lavado de activos.

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Según la resolución aprobada por unanimidad, la sanción se fundamentó de manera estricta en la «valoración ética respecto de la contratación de un asesor con fondos públicos sin que se verificara el cumplimiento de las tareas correspondientes». Asimismo, el organismo dispuso que mientras se mantenga la suspensión, el curul debería apartarse del ejercicio de su cargo en la Junta Departamental de Montevideo.

Restitución de haberes y deslinde penal

En la conferencia de prensa posterior, Delgado subrayó la distinción entre las responsabilidades penales y la falta ética partidaria. El dirigente remarcó que el edil Gómez «no está ni investigado, ni implicado, ni indagado en un tema penal», caracterizando el hecho como una «decisión equivocada de contratar a alguien que tenía una actividad ilícita que no conocía», pero sobre quien reconoció que no prestaba funciones efectivas.

En el marco del acuerdo alcanzado con la fuerza política, Gómez ratificó su compromiso de devolver a la Junta Departamental los montos erogados para el pago de los salarios de Leiva desde su contratación en diciembre de 2025.

Las omisiones del proceso: el foco en la irregularidad administrativa y la falta de prevención

Pese a la severidad del fallo formal respecto a la figura de la contratación irregular —popularmente definida como la asignación de un «ñoqui»—, la resolución del Partido Nacional deja al descubierto notorias ausencias operativas e institucionales sobre el fondo del asunto.

El dictamen de la Comisión de Ética y la posterior ratificación del Directorio limitaron el pronunciamiento al uso indebido de partidas públicas por la falta de contraprestación laboral, omitiendo cualquier llamado de atención o advertencia explícita sobre la gravedad de haber incorporado a la nómina de asesores a una persona vinculada al crimen organizado.

El fallo no hace mención alguna a la exigencia de estándares rigurosos de idoneidad, controles preventivos o cautelas mínimas que los representantes partidarios deben aplicar al seleccionar a sus equipos de trabajo. La omisión resulta de particular relevancia dada la magnitud del caso, cuyas ramificaciones judiciales incluyen la investigación por presunto lavado de activos en un cambio vinculado a la familia del legislador Jorge Gandini —instancia en la que la Justicia determinará si existen o no responsabilidades de cualquier índole—.

De este modo, el proceso disciplinario partidario se abocó a la restitución del daño patrimonial y a la suspensión temporal del edil por la inasistencia del funcionario, pero pasa por alto una condena pública sobre los déficits de control que permitieron el ingreso de elementos vinculados al narcotráfico a las estructuras de asesoría política.