Otra de las argumentos planteados por la comuna capitalina refiere a que el tema no se trató en el Consejo Regional de Recursos Hídricos para la Cuenca del Río de la Plata y su Frente Marítimo ni en la Comisión de Cuenca del río Santa Lucía.
Según la IM, el directorio de OSE no cumplió “en ninguna de las fases, el deber de requerir la participación preceptiva de los usuarios y la sociedad civil”.
También añade que “la ilegitimidad del acto impugnado resulta flagrante”.
Por último, la IM reclama que se “proceda a la suspensión del acto administrativo”.