El embalse en el arroyo Casupá, afluente del arroyo Santa Lucía Grande, obra que tenía financiamiento de la CAF hasta 2023, y que ascendería a 100 millones de dólares, servirá como reservorio del sistema de potabilización de agua. En la actualidad, el único reservorio de agua es el embalse de Paso Severino, en Florida, sobre el brazo del arroyo Santa Lucía Chico. La actual administración desechó el financiamiento que había alcanzado el expresidente Tabaré Vázquez.
Lo que se viene en la Justicia
Este martes, la Suprema Corte de Justicia confirmó que el Tribunal Civil de 4to Turno será el que entienda en el proceso que ya se inició. En este sentido, el juez civil de primera instancia, Alejandro Recarey —quien, al igual que el Tribunal, fue recusado por OSE—, dispuso la prohibición como medida cautelar de que OSE firme el contrato mencionado con el consorcio privado. Tanto Recarey como el Tribunal de 4to Turno fueron confirmados para continuar tramitando el proceso. Ahora, tras la confirmación por parte de la Corte de que el Tribunal Civil de 4to Turno sea quien entienda en este proceso, “queda definir qué sucederá con la medida cautelar de prohibir la firma del contrato con el consorcio privado dispuesta por el juez de primera instancia y que OSE apeló”, dijo a Caras y Caretas Juan Ceretta.
Tras los cuestionamientos de 11 científicos sobre el lugar donde se instalaría la nueva planta del Proyecto Arazatí y las condiciones del agua que se distribuiría al área metropolitana, OSE indicó en sus declaraciones en la Justicia que el juez Alejandro Recarey resolvió prohibir la firma del contrato con el consorcio privado sin pruebas. OSE sostuvo que, ante el panorama de sequía que se vivió desde octubre de 2022 y luego el panorama de las abundantes lluvias de comienzo de este año, “se debe contar con otra alternativa independiente de la existente, es decir, tener otra fuente de agua, otra planta potabilizadora”. Indicaron, en su apelación de la medida cautelar de prohibición de firmar el contrato a la que accedió Caras y Caretas —y que deberá ser resuelta próximamente por el Tribunal de Apelaciones—, que el Proyecto Arazatí se trata de “una alternativa independiente para dotar a 1.800.000 habitantes de una seguridad en el suministro de la que hoy carecen”. Entre sus argumentos, indicaron que no se trata sólo de agua para el consumo humano, sino que también del saneamiento”. En tanto, el juez Recarey resolvió la medida cautelar de prohibición de firmar un contrato con el consorcio privado teniendo por acreditados problemas con la salinidad del agua, contaminación del agua con materias fecales, cuestionamientos al reservorio de agua dulce y existencia de cianobacterias, pérdida de vegetación, compromiso de flora y fauna y efecto en cadena sobre otros ecosistemas. Las autoridades de OSE indicaron que todos estos aspectos son “cuestiones técnicas que exceden la formación del juez y que necesitan prueba pericial” que Recarey, indicaron, no diligenció.
Plan Arazatí: “Cualquier proyecto, en cualquier condición”
El abogado de las organizaciones sociales, Juan Ceretta, respondió a la apelación planteada por OSE: “Ignoran que es una medida cautelar y que fue solicitada por esta parte en carácter de diligencia preparatoria a una acción de requerimiento contra el Ministerio de Ambiente, OSE y el Ministerio de Salud Pública fundada en el principio precautorio característico del derecho ambiental”. Explicó a las autoridades de OSE que “en la ignorancia de que estamos ante medidas cautelares, la OSE llega al punto de exigir prueba pericial cuando el juez admitió, porque hay bases como para suponer que puede estarse ante un proceso de privatización parcial del suministro público de agua potable, infracción constitucional, que se podría estar vulnerando las normas atinentes a la Política Nacional de Aguas” y, “en lo que hace al plano medioambiental, es claro que hay elementos que, aun sumariamente tratados, permiten suponer que existe un nivel de riesgo tal que justifica la cautela”.
Ceretta dijo que “para la toma de medidas cautelares basta que exista peligro ambiental, hoy día”. El abogado representa a la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, impulsora de la reforma del agua del año 2004, y la agrupación civil “Los Tucu Tucu” de la localidad de Arazatí, que nuclea a un grupo importante de vecinos. Ceretta indicó, además, que el Estado uruguayo, a través de OSE, para cumplir su mandato de brindar agua potable a la población, “no puede depender de la actividad de privados. Sin embargo, con el Proyecto Neptuno-Arazatí evidentemente dependerá de la gestión privada en fases necesarias e imprescindibles”. La Política Nacional de Aguas —continuó— debe ser propuesta por el Ministerio de Ambiente al Poder Ejecutivo, y no le corresponde a OSE, junto a un consorcio privado de empresas, la rectoría ni la decisión de nuevas fuentes de agua para potabilizar. En cuanto a la toma de agua directamente del Río de la Plata y de la zona de Arazatí, de documentos y testimonios “han emergido peligros ciertos para la población y el medio ecológico. Sobre todo, por derivaciones de los problemas de salinidad, cianobacterias y toxicidad del agua, respecto de los cuales ha quedado acreditado que a la fecha no se los ha estudiado suficientemente y que indican, además de los argumentos jurídicos y económicos, la inconveniencia de esta iniciativa”.
En la contestación a la apelación de OSE, Ceretta dijo que la necesidad de resolver el problema del agua potable “no justifica la realización de cualquier proyecto bajo cualquier condición. Desde la ignorancia del método científico se pretende censurar a la ciencia nacional porque sus investigaciones, realizadas durante más de una década, no avalan las intenciones de los jerarcas que pretenden llevar adelante un proyecto descalificado por la evidencia empírica”. Ceretta aclaró a OSE que cuando se refiere a la prueba testimonial aportada por esta parte como poco seria e infundada, “se está refiriendo a once científicos nacionales independientes, quienes se desempeñan en el marco de la Universidad de la República. Estos científicos han publicado sus trabajos en revistas especializadas en el funcionamiento de estuarios a nivel mundial, que cuentan con información previa y revisores especializados en el funcionamiento del Río de la Plata. Nunca está de más recordar, aunque parezca una obviedad, que el acceso al agua potable es un derecho humano y exigir su cumplimiento no es actuar de manera parcial”. Ceretta comparó que “es como en el caso de los médicos y la pandemia. No se puede llamar a un médico frente a una pandemia de coronavirus y pretender que sea imparcial; su objetivo será cuidar la salud de la población y tomar medidas de prevención”. En relación a ello, sostienen que las aguas de Arazatí son peligrosas para potabilizar, con una altísima variabilidad en cuanto a la toxicidad y a las cianobacterias.