ver más

Hacete socio para acceder a este contenido

Para continuar, hacete socio de {}. Si ya formas parte de la comunidad, .

{# Opciones de Suscripción #} {# DESCOMENTAR AL IMPLEMENTAR: #} {# {% for n, m in this.getPaywallPlans('thinkindot', 'plans') %} {% if (m.tab == "all" or m.tab == "mensual") %} #}

{{m.shortDescription}}

{{m.title}} {{m.price}} mensual
{# {% endif %} {% endfor %} #} {# estos links no sé como se llenarian #}

Rendición de Cuentas exonerará a las cooperativas de vivienda del IVA artículos de construcción

La exoneración de IVA a las cooperativas de vivienda se concretará a través de un crédito descontable.

El Poder Ejecutivo y autoridades del cooperativismo, anunciarán este jueves la exoneración del IVA a los materiales de construcción para las cooperativas de vivienda. Se trata de un histórico reclamo del movimiento que se concretará en la Rendición de Cuentas a estudio del Parlamento.

Se trata de la concreción uno de los 63 compromisos asumidos por el presidente de la República, Yamandú Orsi, el 25 de marzo de 2025, en donde se definió, entre otras cosas, extender las exoneraciones de IVA a las cooperativas.

La medida representa una respuesta a una demanda de larga data de las cooperativas de vivienda del país.

Autoridades y técnicos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), del Ministerio de Economía (MEF), y del Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP) participarán este jueves de una conferencia de prensa para informar sobre el artículo de la Ley de Rendición de Cuentas en donde se exonera de IVA los materiales de construcción para cooperativas.

Exoneración de IVA

El Artículo 356 del proyecto introduce una modificación significativa en materia de recursos, orientada al fomento de la vivienda cooperativa:

• Crédito fiscal: Se propone otorgar a las cooperativas de vivienda un crédito por el impuesto incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a los costos directos de construcción que integran las obras del proyecto cooperativo.

• Este crédito será objeto de una devolución de impuestos. Se admitirá únicamente para bienes o servicios incorporados directamente a la obra civil.

• Reglamentación: El Poder Ejecutivo será el encargado de establecer las condiciones que deben cumplir los proyectos y las cooperativas para acceder a este beneficio, pudiendo incluso fijar límites por proyecto

Más Leídas

Seguí Leyendo