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BCU obliga a financiera a detener las retenciones de salarios y pasividades

Superintendencia de Servicios Financieros del BCU resolvió que la firma deberá suspender en un plazo máximo de 90 días las retenciones automáticas de salarios.

El BCU volvió a poner freno a las prácticas de Cash S.A., empresa muy activa en el mercado del crédito al consumo. La Superintendencia de Servicios Financieros resolvió que deberá suspender en un plazo máximo de 90 días las retenciones automáticas de salarios y pasividades como mecanismo de cobro, aun cuando los clientes no hubieran revocado las autorizaciones previamente firmadas.

El regulador fundamentó su decisión en la ley 17.829, que prohíbe expresamente ordenar descuentos de haberes sin contar con habilitación legal. Cash S.A., remarcan, no tiene autorización para operar bajo esa modalidad, por lo que incluso el consentimiento del trabajador resulta insuficiente para legitimar las retenciones. En consecuencia, toda comunicación enviada por la empresa a empleadores o entidades pagadoras carece de sustento jurídico.

Política del BCU

La medida no surge de la nada, en mayo el BCU ya había instruido a Cash S.A. a suspender la firma de nuevos convenios de retención y a informar a sus clientes sobre el derecho a revocar las autorizaciones existentes. Sin embargo, el organismo constató que la empresa siguió aplicando descuentos a quienes no habían formalizado esa revocación, lo que motivó una resolución más contundente.

Cash S.A. reconoció el planteo y manifestó voluntad de acatarlo, aunque solicitó un plazo de 180 días alegando la complejidad de los cambios en sus sistemas de cobranza, campañas comerciales y procesos internos. El BCU rechazó el pedido, considerando que el período solicitado era excesivo y que, mientras se cumplen los plazos de adecuación, las revocaciones deben atenderse de inmediato.

El BCU marca un precedente relevante en la defensa de los derechos de trabajadores y jubilados frente a prácticas de cobranza abusivas en el mercado de créditos.

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