En un fallo de más de 50 páginas, la jueza María Larramendi desestimó este lunes la acción de amparo presentada por la organización civil. Alegó que no se probó que el inmueble estuviese protegido legalmente como patrimonio ni que se tratara de una “área patrimonial protegida”, como argumentaba la parte actora. Pero para los defensores del bien cultural, el valor del inmueble está a la vista, y la falta de protección no es sinónimo de irrelevancia.
“No puede ser de interés general un interés arbitrariamente definido sin valorar el impacto y el sentir colectivo que la destrucción deja”, expresó Valentina Piquinela, abogada de Patrimonio Activo, en audiencia.
Una omisión que habilita el olvido
La casa está ubicada en la intersección de Julio Herrera y Reissig y Benito Nardone, una zona que la organización consideraba íntegramente protegida por normativas patrimoniales. La IMM, sin embargo, interpretó que la protección solo alcanza el tramo entre 21 de Setiembre y San Salvador, dejando fuera precisamente la cuadra donde se encuentra el inmueble.
Con esa interpretación la comuna autorizó la demolición y negó responsabilidad sobre la preservación de los vitrales de Marchetti, que tampoco figuran en el registro nacional. En una audiencia anterior, los representantes de la empresa Noldak —titular del proyecto inmobiliario— admitieron no saber qué había ocurrido con ellos.
“Que no todos los vitrales de Marchetti estén catalogados no invalida la necesidad de preservarlos, según el mandato constitucional y legal conferido a la autoridad municipal”, advirtió Piquinela.
Este vacío institucional deja claro que, en Uruguay, aquello que no está expresamente protegido, puede desaparecer sin que medie responsabilidad pública. Un escenario peligroso para una ciudad que se enorgullece de su acervo arquitectónico, pero que lo entrega al mercado inmobiliario sin mayores reparos.
Transparencia a medias y ciudadanía a ciegas
El fallo judicial no sólo frustra el intento de frenar la demolición, sino que también desactiva el reclamo sobre la necesidad de revisar los procedimientos administrativos que permiten estas decisiones sin discusión pública.
La jueza reconoció la legitimación de Patrimonio Activo para accionar, desestimó el pedido de la IMM y de la empresa de que la organización asumiera los costos del juicio, y valoró el debate generado. Pero consideró que la acción debió plantearse en otra vía legal.
“Este fallo hace evidente que la ciudadanía para ejercer sus derechos requiere de transparencia y acceso oportuno”, denunció la organización en un comunicado. “Sin conocer los permisos de construcción, difícilmente se pueda evitar la judicialización”.
Este no es un caso aislado, sino parte de una lógica en la que el patrimonio parece ser tratado como un estorbo al desarrollo inmobiliario, y donde el interés colectivo queda subordinado a las autorizaciones burocráticas. Mientras tanto, el patrimonio urbano se erosiona, casa a casa.
En Montevideo, preservar la memoria parece depender más de la voluntad ciudadana que de las instituciones encargadas de protegerla. Y aunque este episodio deja un precedente jurídico, también revela una verdad incómoda: la ciudad que se proyecta al futuro no siempre valora lo que la hizo única en el pasado.