Uruguay formó parte de la Convención Belém do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer en el año 1994 y ratificó su adhesión a los acuerdos internacionales que de allí surgieron. Es decir que el Estado uruguayo está obligado a cumplir con ciertas obligaciones y responder a las recomendaciones del comité de expertas.
En esta oportunidad el Comité y la Relatoría instan a los Estados parte "a realizar investigaciones prontas y exhaustivas para determinar la existencia de violencia contra las mujeres y a explícitamente prohibir, durante dichos procesos judiciales, evidencia que busque desacreditar un testimonio con base en el síndrome de alienación parental".
También determinan que los Estados deberían "eliminar esta figura para no colocar en una situación de alta vulnerabilidad tanto a las niñas y niños como a las madres, y para evitar el alto riesgo para estas de perder la custodia de sus hijas e hijos".