Por otro lado, la Ursec deberá devolver unos $ 4,3 millones de pesos “que ya se habían pagado (solamente) por uso de espectro”.
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El decreto 295/23 del 2 de octubre, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y todos los ministros, señala que “los servicios de comunicación audiovisual son portadores de información, educación y cultura, derechos reconocidos como inherentes a la persona humana, tanto por instrumentos internacionales ratificados por Uruguay, como en la Constitución de la República”.
Alega que “la emisión simultánea en digital y analógico generan costos para los titulares de las autorizaciones, que deben mantener ambas modalidades de trasmisión y que cada vez es más difícil obtener repuestos para el equipamiento de trasmisión analógica”.
Tras reseñar la trayectoria y reglamentación de la ley 19.307 del 29 de diciembre de 2014, señala que los servidos de comunicación audiovisual “son de interés general, por lo que es deber del Estado asegurar el acceso universal a los mismos, contribuyendo de esta forma a la libertad de información, la inclusión social, la no discriminación, la promoción de la diversidad cultural, la educación y el esparcimiento”.
De esta manera prorroga hasta el 1° de enero de 2024 la exoneración por el pago del uso del espectro para las empresas de televisión comercial.