El Departamento de Estado había defendido la política argumentando que los inmigrantes procedentes de esos países representaban "un alto riesgo de depender de la asistencia social o de convertirse en una carga para las finanzas públicas".
La Justicia cuestionó el criterio utilizado
Sin embargo, la jueza concluyó que esa justificación no habilitaba a rechazar solicitudes de manera automática por la sola nacionalidad del solicitante, cuando este cumplía con los demás requisitos establecidos por la legislación migratoria.
El fallo también dispone que cualquier negativa de visa sustentada exclusivamente en esa política queda sin efecto, aunque el gobierno estadounidense mantiene la posibilidad de apelar la decisión.
Desde su retorno a la Casa Blanca, Trump ha reforzado su agenda de control migratorio mediante un endurecimiento de las políticas tanto para la inmigración irregular como para algunas vías de ingreso legal. No obstante, varias de las medidas impulsadas por su administración han sido frenadas por la Justicia.
Entre los antecedentes recientes se encuentra la anulación, a principios de junio, de una tasa de 100.000 dólares para determinadas visas de trabajo utilizadas principalmente por el sector tecnológico. Asimismo, a finales de ese mes, la Corte Suprema dejó sin efecto un decreto firmado por Trump al inicio de su segundo mandato que buscaba eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento para los hijos de inmigrantes indocumentados.
La nueva resolución judicial representa un alivio para los ciudadanos uruguayos y de los demás países alcanzados por la suspensión, al restablecer el procesamiento de las solicitudes de residencia permanente bajo los criterios habituales previstos por la legislación estadounidense.